El último mes del año para la mayoría generalmente representa incurrir en gastos extra, debido a compromisos como cenas navideñas o de fin de año, o compra de regalos, ropa o calzado, entre otros. Para solventar estos gastos extras se suele recurrir al bono navideño o décimo tercer sueldo.

Este sueldo adicional corresponde a la doceava parte de las remuneraciones que hubiere percibido el trabajador entre el 1 de diciembre del año pasado y el 30 de noviembre del presente. En ese cálculo no se debe incluir el pago de fondos de reserva, utilidades, viáticos, entre otros.

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La ley de este bono, que al principio se lo conocía como aguinaldo, se implementó en 1962 para beneficiar a los trabajadores durante las navidades. En la presidencia de Rodrigo Borja (1988-1992) se llamó bonificación navideña, para diferenciarla del décimo cuarto sueldo, al que se llamó bonificación escolar y que se recibe en la Costa en marzo y en la Sierra en septiembre.

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Según cifras del Ministerio del Trabajo, en el periodo de 2022 fueron más de 1,7 millones de personas que recibieron el décimo tercer sueldo; de estas, 1,1 millones son hombres y 590.286 mujeres.

Según el artículo 111 del Código del Trabajo, este bono debe ser pagado por los empleadores hasta el 24 de diciembre de cada año. Esto si el trabajador o trabajadora ha pedido por escrito recibirlo de forma acumulada hasta esa fecha.

Tras la reforma laboral que se dio en junio del 2015, según el mismo articulado, los trabajadores tienen derecho a que sus empleadores les paguen mensualmente este décimo, pero de manera proporcional.

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Fechas para pedir mensualizar el decimotercer sueldo

Por otro lado, si no se laboró el año completo, el empleado tiene derecho a recibir un proporcional por el periodo de tiempo que estuvo en la empresa.

Si el trabajador no recibe su décimo tercero, el empleador puede ser sancionado por el Ministerio del Trabajo. También puede presentar una denuncia ante un juez laboral por el incumplimiento.

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Calculadora

En la página del Ministerio del Trabajo está disponible una calculadora para saber el valor que un trabajador va a recibir hasta el próximo mes.

  • Ingresa a https://calculadoras.trabajo.gob.ec/tercero
  • Coloca la remuneración de cada mes. De diciembre a noviembre, en ese orden.
  • El valor agregado ya debe contemplar horas suplementarias, extraordinarias o jornada nocturna.
  • Cuarto, se da clic en calcular valores y se tiene el resultado. (I)