Al cumplir un año consecutivo de servicio con el mismo empleador, el trabajador que esté afiliado al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) puede realizar la acumulación de sus fondos de reserva.
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El derecho al fondo de reserva, de acuerdo con la ley, la doctrina y la jurisprudencia es irrenunciable, según criterio jurídico.
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Al cumplir un año consecutivo de servicio con el mismo empleador, el trabajador que esté afiliado al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) puede realizar la acumulación de sus fondos de reserva.
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