Los trabajadores en relación de dependencia y pensionistas deben recibir hasta el 24 de diciembre una remuneración adicional a las 12 anuales, se trata del décimo tercer sueldo.

Este beneficio también puede recibirse de manera mensual si así lo decidió el empleado, misma situación puede pasar con el décimo cuarto sueldo que se paga en las regiones Litoral e Insular en marzo mientras que en agosto en las regiones Sierra y Amazonía.

El Ministerio de Trabajo emitió en el 2019 el Instructivo Pago y Registro de Décimos en el que especifica lo que se debe hacer y hasta cómo pagar estas remuneraciones.

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¿Qué es mejor, acumular o mensualizar el décimo tercer sueldo o bono navideño?

El artículo 4 de ese instructivo establece que para efectos de la acumulación de la décimo tercera y décimo cuarta remuneración el trabajador deberá presentar una solicitud por escrito a los respectivos empleados durante los primeros quince días de enero, es decir, hasta el 15 de enero. En caso que se mantengan con esta modalidad en los años posteriores ya no será necesaria una nueva solicitud.

“Cuando los valores del decimotercero y decimocuarto sueldo sean recibidos por el trabajador de manera mensual, y en el siguiente año el mismo opte por acumular estos valores, esta aplicará respecto de los meses aún no devengados dentro del correspondiente período de cálculo”, se especificó.

El décimo tercer sueldo comprende el periodo entre el 1 de diciembre hasta el 30 de noviembre del año siguiente. Por su parte, la décimo cuarta remuneración si está en el régimen Litoral-Insular, es desde 1 de marzo hasta el último día de febrero del año siguiente; en el régimen Sierra-Amazonía es desde el 1 de agosto hasta el 31 de julio del año siguiente.

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Los pensionistas también pueden optar por la acumulación de sus décimos para estos deberán:

  • Ingresar a Trámites virtuales en la página del IESS.
  • Haga clic en la opción Pensionistas y luego en Acumulación o mensualización de décimos.
  • Ingrese su cédula y contraseña.
  • Escoja la opción Solicitud Acumulación de Décimos y selecciones sí a la pregunta si desea acumular.
  • Confirme su respuesta y finalice el proceso. (I)