La semana cúlmine de la Pascua para los católicos será la última semana del mes de marzo este año 2024.

Varios días de la denominada Semana Santa hay actividades religiosas importantes para el desarrollo de una de las dos fiestas litúrgicas más importantes del año para los fieles católicos.

Este año 2024, el Jueves Santo será el día 28 de marzo. El Viernes Santo será el 29 de marzo.

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Días que componen la Semana Santa

La Semana Santa 2024 comienza el Domingo de Ramos y culmina el Domingo de Pascua.

  • 24 de marzo 2024: Domingo de Ramos: Entrada triunfal de Jesucristo en Jerusalén.
  • 25 de marzo 2024: Lunes Santo: Unción de Jesús en casa de Lázaro. Jesús expulsa a los mercaderes del Templo de Jerusalén.
  • 26 de marzo 2024: Martes Santo: Jesús anticipa a sus discípulos la traición de Judas y las Negaciones de San Pedro.
  • 27 de marzo 2024: Miércoles Santo: Judas Iscariote conspira con el Sanedrín para traicionar a Jesús con treinta monedas de plata.
  • 28 de marzo 2024: Jueves Santo: Lavatorio de los pies. La Última Cena. Instauración de la Eucaristía. Oración de Jesús en el huerto de Getsemaní. Arresto de Jesús.
  • 29 de marzo 2024: Viernes Santo: Prisión de Jesús. Los interrogatorios de Caifás y Pilato. La flagelación. La coronación de espinas. Vía Crucis. Crucifixión de Jesús. Sepultura de Jesús.
  • 30 de marzo 2024: Sábado Santo: La Soledad de María, Víspera de Pascua.
  • 31 de marzo 2024: Domingo de Pascua: La Resurrección.

El Jueves Santo se realiza en los templos católicos la ceremonia del lavado de pies como un acto recordatorio de entrega. Pero más importantes son la Misa Crismal, en la que se consagra el Santo Crisma y se realiza la renovación de las promesas sacerdotales de todos los sacerdotes incardinados en una diócesis frente al obispo local, recuerda Aciprensa.

La Misa de la Cena del Señor deberá ser celebrada en horas de la tarde y sirve para conmemorar la última Pascua que Jesús pasó con los apóstoles.

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Feriado el Viernes Santo

El Viernes Santo es día de penitencia obligatorio para toda la Iglesia por lo que hay que guardar el ayuno y la abstinencia.

En las ceremonias religiosas se reza el Vía Crucis, se escucha el “Sermón de las Siete Palabras” -reflexión en torno a las palabras que Cristo dijo en la Cruz- y se realizan procesiones. Al final, se procede a la adoración de la Cruz, pero no se celebra la Eucaristía, aunque sí se entrega la comunión.

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Fuera del nivel religioso, el Viernes Santo es un día libre aprovechado como feriado y que se convierte en un fin de semana largo junto al sábado y domingo. Es un día libre y no recuperable en el trabajo.

Feriados en lo que resta del 2024

CelebracionesFechasDías libres
Viernes SantoViernes 29 de marzo 2024No recuperable, se une al sábado 30 y domingo 31 de marzo
Día del TrabajoMiércoles 1 de mayoNo recuperable, se traslada al viernes 3 de mayo y se une al sábado 4 y domingo 5 de mayo
Batalla del PichinchaViernes 24 de mayo 2024No recuperable, se une al sábado 25 y domingo 26 de mayo
Primer Grito de la IndependenciaSábado 10 de agosto 2024No recuperable, se traslada al viernes 9 de agosto, se une al sábado 11 y domingo 12 de agosto
Independencia de GuayaquilMiércoles 9 de octubre 2024No recuperable, se pasa al viernes 11 de octubre y se une al sábado 12 y domingo 13 de octubre
Día de los DifuntosSábado 2 de noviembre 2024No recuperable, se traslada al viernes 1 y se une al sábado 2 y domingo 3 de moviembre
Independencia de CuencaDomingo 3 de noviembre 2024No recuperable, se traslada al lunes 4 de noviembre
NavidadMiércoles 25 de diciembre 2024No recuperable

No recuperable

Al ser el Viernes Santo un día de descanso obligatorio es no recuperable, sin embargo, hay áreas que por su naturaleza no pueden prescindir de sus trabajadores para realizar sus actividades.

En estos casos, las empresas deben cancelar al trabajador el día o los días de feriado, que tiene una tarifa más alta que la de una jornada de trabajo normal, es decir, que una suplementaria.

El artículo 55 del Código de Trabajo menciona que la actividad “que se ejecutare el sábado o el domingo deberá ser pagado con el 100 % de recargo”. Y aquí se incluyen los días de descanso como los feriados. Entonces, si un ciudadano trabaja el día de feriado deberá recibir el doble de pago ese día. (I)

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