Mónica Mayorga tiene 51 años y un cáncer a cuestas que empezó hace 10. Recibió seis sesiones de quimioterapia porque el tumor, en uno de sus senos, medía 8 centímetros, pero tuvo que ser sometida a una mastectomía.

Después recibió 43 sesiones de radioterapia. A pesar de ese tratamiento, hace tres años le detectaron metástasis ósea. También tiene un tumor en la pierna derecha. Por sus padecimientos suele perder el equilibrio, contó.

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Paola Roldán recibió condecoración ‘post mortem’ de parte del Municipio de Quito por su lucha a una muerte digna y compasiva

Mónica Mayorga en un platón, llevando un globo de color rosado, pidiendo por medicinas. Foto: Cortesía

Al no ser afiliada al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), su atención es en el Ministerio de Salud Pública (MSP), pero dijo que no les dan toda la medicina.

Hace unos tres años impulsó la eutanasia sin que fuera posible que ese pedido se concretara. Sin embargo, explicó, a la demanda que planteó Paola Roldán a la Corte Constitucional (CC) se unieron varias personas, entre ellas Mónica.

La CC, en febrero pasado, dio paso a una demanda que presentó Roldán, a través de sus abogados, pues pidió declarar la inconstitucionalidad condicionada del artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que se refiere al homicidio simple y se sanciona con prisión de entre diez y trece años.

Padecía esclerosis lateral amiotrófica (ELA), un mal neuromotor que degenera paulatinamente los músculos del cuerpo de las personas e impide controlar el movimiento de las extremidades, y puso en debate la despenalización de la eutanasia. Vivía conectada a un respirador. Falleció el pasado 11 de marzo.

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El mismo día que Paola Roldán falleció la edición de su audiolibro fue terminada

Mayorga reflexiona, en voz alta, sobre qué pasará cuando no pueda levantarse de la cama y deje de valerse por sí misma. Además que los costos de la enfermedad de los pacientes oncológicos son costosos para solventarlos continuamente.

Toma fármacos en la mañana y en la noche. Hay días en que los dolores no los soporta y debe ir al hospital.

“Yo peleé por la eutanasia. Claro que es duro decidir eso”, mencionó. Los dolores que padece son tan fuertes que ni la morfina le hace efecto, indicó.

Está a la espera de conocer la normativa respectiva y, cuando no pueda valerse por sí misma, solicitará el procedimiento. Indicó que ya tiene firmada una autorización para “descansar”.

El reglamento del Ministerio de Salud Pública (MSP) que regula el procedimiento para la aplicación de la eutanasia activa voluntaria y avoluntaria (normativa que tendrá vigencia hasta la aprobación de la ley respectiva) se publicó el viernes, 12 de abril, en el Registro Oficial. Con ello, ya entró en vigencia.

Mónica Mayorga vive en Ibarra con una tía y otros allegados, pues no tiene familia directa, porque sus padres fallecieron y tampoco está casada ni tiene hijos.

¿Qué iniciativas se impulsan en la Asamblea Nacional para regular los procedimientos de la eutanasia en Ecuador?

Sus allegados, indicó, la apoyan. Es profesional, ha buscado un empleo, pero no lo ha conseguido, comentó.

Los familiares con quienes vive la ayudan y también recibe colaboraciones para adquirir sus recetas.

Cada 27 días recibe ácido en las venas para el dolor de los huesos, que hace que se solidifiquen un poco.

Acerca del fallo de la CC que despenalizó la eutanasia, expresó haberlo recibido con alegría, porque piensa en el resto de personas que luchan por descansar.

La falta de medicamentos, la falta de apoyo gubernamental y la ausencia de trabajo son realidades que tienen que afrontar los pacientes oncológicos, expresó.

Esto establece el fallo sobre la demanda de Paola Roldán

Tres condiciones estableció la Corte Constitucional (CC) para la aplicación de la eutanasia en Ecuador:

- Que una persona expresando su consentimiento inequívoco, libre e informado (o a través de su representante cuando no pueda expresarlo) solicite acceder a un procedimiento de eutanasia activa.

- Padecer de un intenso sufrimiento proveniente de una lesión corporal grave e irreversible o de una enfermedad grave e incurable.

- Además que un médico ejecute la eutanasia cuando lo anterior se cumpla.

“Es un dolor muy fuerte que es imposible describirlo, como una ardencia, como una quemazón. Es un dolor horrible”, dijo Mayorga.

La Corte Constitucional aclaró que su sentencia y sus efectos se circunscribirán en que el padecimiento debe ser intenso, por lo que los requisitos deben atender a cuestiones extremas de sufrimiento y superar un umbral de razonabilidad.

Además, de acuerdo al fallo, es indispensable que el dolor intenso sea provocado por una lesión corporal irreversible que revista de gravedad o de una enfermedad que sea grave e incurable. (I)