El debate entre el Municipio de Quito y varios concejales por la compra de 60 nuevos trolebuses continúa.

El 9 de abril, el Servicio Nacional de Contratación Pública (Sercop) emitió un oficio en el que señala presuntas irregularidades en el proceso. Sin embargo, su criterio no es vinculante.

Este documento se hizo público en el momento en que los concejales Michael Aulestia y Wilson Merino preguntaron sobre la facultad que tiene una entidad pública para adquirir un bien o servicio a través de un organismo internacional, bajo la justificación de financiamiento parcial.

Publicidad

Además, aclararon que la mayor parte de los recursos proviene del presupuesto municipal. Esto los llevó a cuestionar si la Unops podía aportar con un valor superior al 50 % del monto total del contrato ($ 35,3 millones) para justificar el convenio con el Municipio de Quito.

14 trolebuses restantes operarán a finales de abril pese a cuestionamientos

En rueda de prensa, los concejales Merino y Aulestia añadieron que la Unops entregó únicamente una contribución, pues quien financió el proyecto en su totalidad fue la Municipalidad.

Debido a esto, el proceso debía sujetarse a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, tal como lo establece el oficio de Sercop.

Publicidad

“Si el financiamiento internacional es inferior al 50 % del contrato, la contratación debe sujetarse íntegramente a la Ley de Contratación Pública, sin excepción”, se indicó en el documento.

Los concejales fueron enfáticos al señalar que, bajo los principios de legalidad, transparencia y participación nacional, la adquisición del transporte público debió regirse por la ley correspondiente.

Publicidad

Además, Sercop recordó en el oficio que “en los contratos financiados con préstamos o cooperación internacional se procurará la concurrencia de proveedores nacionales, independientemente de que el financiamiento internacional sea total o parcial”.

El Municipio firmó un convenio con la Unops, un organismo internacional. Sin embargo, Sercop también afirmó que “en caso de que una entidad contratante requiera asesoría en la estructuración de especificaciones técnicas, pliegos y otras actividades de tal naturaleza, puede contar con las mismas, ya sea por la vía de la aportación no reembolsable o la contratación de la prestación de dichos servicios, pero bajo ningún concepto como aportación o financiamiento”.

Cubiertos de lodo y desorientados: así fueron rescatados más de 30 animales en los deslaves de Guápulo y Conocoto

Ante esto, la Empresa Pública Metropolitana de Transporte de Pasajeros de Quito defendió el proceso y entregó varios documentos en los que consta la firma del convenio con la Unops.

Según esta entidad municipal, el tratado es constitucional y está avalado por el Gobierno del Ecuador.

Publicidad

“Es importante precisar que el Estado ecuatoriano tiene acuerdos suscritos con agencias de Naciones Unidas, siendo este el marco jurídico que nos ampara en la suscripción del convenio con la Unops. En tal virtud, lo actuado por la Empresa de Pasajeros es perfectamente constitucional”, aseveró Xavier Vásquez, gerente de la Empresa de Pasajeros de Quito. (I)