La jubilación patronal es un derecho a favor de los trabajadores u obreros que hayan cumplido 25 años de servicio o más con el mismo empleador, según determina el artículo 216 del Código del Trabajo.

Y tienen el mismo beneficio, en su parte proporcional, aquellos que cumplan más de 20 años y menos de 25 años en caso de ser despedidos de manera intempestiva.

Lo que debería ser un reconocimiento por la fluidez de la relación laboral y la fidelidad luego de dos décadas se convierte en una razón para desvincular a los trabajadores mayores de 35 años de edad que cumplen con estas condiciones.

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Los empleadores tienden a despedirlos para evitar asumir esta jubilación patronal, que es aparte de la que reciben al jubilarse en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).

Este es un dinero que las empresas deben pagar hasta que muera el trabajador, según el acuerdo al que lleguen e incluso cuando ya está retirado y no labora.

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La ministra del Trabajo, Ivonne Núñez, indica que existe una propuesta que consiste en que el fondo que sustente esa jubilación patronal para el pago se genere a través de dos vías: la del trabajador y la del empleador.

Ambos deben aportar para alimentar ese fondo y sería un monto que acompañaría al trabajador más allá de que trabaje o no para una misma empresa durante un determinado tiempo.

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Es decir, el fondo acompaña al trabajador si se cambia de empleo y el empleador de turno es al que le toca aportar.

“Esperemos prontamente sentarnos a dialogar y poder iniciar la elaboración de un nuevo Código del Trabajo”, afirmó Núñez. “Estas personas pierden sus puestos de trabajo, es verdad, nadie quiere llegar a los 25 años y tener que pagar. Pero es una pérdida para la empresa, porque se va la experiencia”.

La funcionaria indica que el presidente de la Comisión de lo Laboral y Social (llamada oficialmente Comisión del Derecho al Trabajo y a la Seguridad Social) afirmó la semana pasada que se dará inicio a los primeros diálogos en varias mesas técnicas para crear el nuevo Código del Trabajo.

“En la Asamblea nos vamos a sentar empleadores, trabajadores y también con los de la Organización Internacional de Trabajo (OIT)”, dice Núñez.

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La reforma que plantea Núñez requiere ser aprobada en la Asamblea Nacional, ya que no se puede realizar de manera directa vía reglamento.

La legislación de la jubilación patronal es un incentivo para que las personas no puedan mantenerse por más tiempo en un trabajo, dice el analista económico Alberto Acosta, debido a que cuando se acerca la etapa de recibir ese beneficio son desvinculadas por lo oneroso que es para los empleadores cubrir esa responsabilidad.

“Los trabajadores que reciben la jubilación patronal son un grupo muy pequeño, minoritario y la gran mayoría (de ellos) no solamente no reciben ese beneficio, sino que también pierden un trabajo cuando todavía son valorados y podrían tener una vida laboral (bajo relación de dependencia) mucho más larga”.

El problema es que estas personas se quedan en el desempleo cuando es más difícil conseguir un nuevo trabajo debido a la edad que tienen. “Es un incentivo perverso que termina haciendo daño a los trabajadores”.

De aprobarse la iniciativa del régimen de Noboa, sería aplicada para los nuevos trabajadores que entrarían a ese esquema. “Hay que conseguir que sea un beneficio para todos, no para los poquísimos trabajadores que pueden conservar su empleo pasada cierta edad. Tiene que ser un fondo que sea de propiedad del empleado y que este lo conserve, así se cambie de empleo, ya no tiene que estar asociado a un patrón específico”.

Con cada trabajo se iría aportando a este fondo para que sea capitalizado, sin perderlo, así se cambie de empleo o incluso si deja de trabajar por un tiempo. “Sería un recurso que sigue acumulándose y, eventualmente, va a poder hacer uso de este cuando llegue a un cierto plazo para tener un complemento en su jubilación”.

El fondo puede invertirse en el mercado de capitales para que tenga un rendimiento en el tiempo y que, al final del día, todos los trabajadores cuenten con un beneficio, recalca Acosta.

En el esquema actual, agrega, la única opción es que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) maneje ese fondo. “Lo ideal sería permitir que los mismos trabajadores sean quienes escojan a quien lo administre, para que pueda manejarlo una administradora de fondos privada si no se confía en el IESS”.

Las personas en edad de trabajar son las que tienen entre 15 y 64 años, según la norma internacional. E incluso este es el grupo de población en la que se calculan las tasas de empleo y desempleo.

Están todavía en la etapa productiva, pero se incentiva a que sean despedidos en una edad en la que es más difícil conseguir un empleo, entonces son trabajadores valorados”, dice Acosta.

Propuestas parecidas, como la que plantea Núñez, ya han sido planteadas y discutidas en los anteriores gobiernos, como en el de Guillermo Lasso (2021-2023).

“Lo nuevo es que el Gobierno de Noboa ahora también quiere impulsarlo, lo cual es muy positivo”, dice Acosta.

Como es una reforma laboral se requiere la aprobación del cuerpo legislativo. “Estos temas toman tiempo, vamos a tener una nueva composición del Legislativo el próximo año y es muy probable que el bloque más fuerte sea el del presidente Noboa”. (I)