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‘Un año demoró trámite de jubilación de mi padre y debimos pagar 8.000 dólares en salud privada porque le dio un infarto cerebral y el IESS no lo atendió’: demoras causan nuevas quejas

El IESS recomienda ir a la red pública si los afiliados, al quedar cesantes, pierden la prestación de salud por la demora del proceso para ser jubilado.

Guayaquil  1 de septiembre  2022 Lugar  Tema  Los trámites de jubilación del IESS.  Lugar Oficina del IESS junto  en la avenida Carlos Luis Plaza Dañin  FOTÒGRAFO: Ronald Cedeño Foto: El Universo

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Actualizado el 

Habían cumplido con el número de aportaciones mínimas al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) según sus edades, por lo que iniciaron el trámite para obtener la jubilación. Pero a los ahora jubilados Juan y Andrés (nombres protegidos) el proceso les tomó un año y más.

En ese tiempo, al estar cesantes porque dejaron de cancelar sus aportes por más de 60 días, perdieron el servicio de salud en las unidades médicas del IESS; tampoco pudieron atenderse por derivación en la red de prestadores privados.

¿Cómo tramitar la jubilación del IESS y conocer si se cumplen los requisitos para el retiro?

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El IESS otorga 60 días de prestación de salud contados desde la notificación de salida como afiliados y se deja de aportar. En ese periodo se debe tramitar la jubilación para no perder el servicio médico, pero el plazo se queda corto.

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Se encuentran cubiertos por la Red Nacional de Salud Pública, mientras se genera el estatus como jubilados por vejez y se encuentran ya calificados para la atención médica en el IESS”, respondió la entidad a este Diario. Hay 25.775 solicitudes de jubilación por vejez en trámite con corte a julio último.

Las hijas de Juan y Andrés, ambos entre los 488.233 jubilados por vejez que había en el país hasta julio pasado, cuentan que incurrieron en gastos privados durante el trámite debido a las enfermedades que tienen sus padres, que eran cubiertas, mal o bien, en el IESS.

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Juan, de 75 años de edad, es epiléptico y sufrió un infarto cerebral mientras esperaba su condición de jubilado como afiliado voluntario. Él aguardó por un año desde que inició la preaprobación de su solicitud registrada en línea.

“Nunca nos dijeron por qué demoró. Un día nos tuvieron como pelota: en la oficina del Seguro de Pensiones y de Riesgos del Trabajo (en la avenida de las Américas, en el norte de Guayaquil) nos dijeron que la carpeta de mi papá estaba en la Caja del Seguro (en el centro de la ciudad). Fuimos allí y nos respondieron que no, que estaba en la oficina que menciono primero. Después nos decían que estaba en revisión técnica, hasta que finalmente salió”, cuenta la hija de Juan, quien acompañó a su padre en el trámite.

Esta familia gastó ocho mil dólares por la atención de las afecciones de Juan durante el tiempo que perdió la prestación de salud del IESS. “Entre todos reunimos. Ahora, con la pensión de $ 200, algo cubrimos de sus gastos, pañales e instrumentos; el resto tenemos que poner”, agrega la hija del jubilado.

Durante el año que esperaron por el trámite, los funcionarios del IESS les dijeron que la cantidad de volumen de trámites no corresponde con el número de empleados de la entidad asignados para procesar los casos. “Muchas de estas personas no saben cómo hacer los trámites, por lo que el proceso debería ser más simplificado”, recomienda la hija de Juan, quien había aportado al IESS cuando era más joven y trabajaba, y luego cubrió cuatro años más de imposiciones como voluntario hasta tener la edad y el mínimo de aportes para poder jubilarse.

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La mínima condición es tener 70 años o más y un mínimo de 120 aportaciones o más. Hay que cumplir ambos requisitos.

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En la misma situación estuvo Andrés, de 70 años de edad, que como afiliado se atendía en las unidades médicas del IESS por la presión alta que sufre. Él aportó hasta diciembre del 2018 y, al estar cesante, pidió un certificado de que tenía el trámite ingresado en uno de los departamentos de jubilación, en la matriz del IESS en Quito, por lo que sí recibió cuidado médico hasta seis meses después de que notificó su salida y ya no aportaba.

“Mi papá tuvo los 60 días, y con el certificado que le otorgó el IESS de que la jubilación estaba en proceso le atendieron cuatro meses adicionales y no más, hasta que ya finalmente le salió el trámite (recibió el dinero acumulado como jubilado en marzo del 2020, catorce meses después de que quedó cesante y notificó su salida en enero del 2019)”, cuenta la hija de Andrés, la que también participó en el trámite de su padre.

Durante el proceso le pidieron las copias de facturas y las declaraciones del impuesto al valor agregado (IVA) y del impuesto a la renta, ya que Andrés estaba afiliado como independiente al ser dueño de un negocio. “Mi papá recibió un e-mail en abril del 2019 solicitando que se acerque a las oficinas del IESS para verificar la legalidad de las aportaciones en un plazo de tres días; lo que hicimos. Fue para verificar que en realidad realizaba una actividad económica, y que por eso tenía ingresos y que no era una afiliación fraudulenta”, indica la hija.

Como en julio del 2019 ya no querían atenderlo en el IESS, Andrés acudió a la red pública de salud. “Recién la semana pasada le llamaron a mi papá del dispensario del IESS Comité del Pueblo (en Quito), donde se hace atender, para pedirle copia de cédula y el certificado de que es jubilado, ya que el Ministerio de Salud Pública estaba verificando las atenciones que se realizó a pesar de que no salía todavía la jubilación. En el certificado consta que es jubilado desde enero del 2019; por lo tanto, estaba en su derecho de utilizar los servicios del IESS”, acota la hija del jubilado.

También le indicaron que debió haberse afiliado como “voluntario”, ya que con ello, según le dijeron, no hubiera tenido estos problemas en el trámite. Sin embargo, Juan era afiliado voluntario.

Desde mayo del 2019 hasta finales de febrero del 2020, mi papá todas las semanas visitó la oficina matriz del IESS en Quito, por el trámite burocrático de la jubilación. En ventanilla cada semana siempre le contestaban que no estaba todavía. Al insistir con molestia que con quién puede hablar, le mandaron al piso 2. En ese departamento, que revisaba la documentación, le dijeron que tenía que hablar con un funcionario al que nunca encontraba cuando iba cada semana, porque estaba con permiso o enfermo”, cuenta la hija de Andrés.

Luego, al insistir, lo mandaron a una oficina del piso 7. “Semana tras semana, no había solución, y esos trámites solo atendían martes y jueves; y le tenían yendo del piso 2 al 7″, explica.

Cuando Andrés se acercó nuevamente, esperando dos horas por los turnos, volvía a explicar la situación de su jubilación. Fue allí, en el piso 2, donde una funcionaria que lo atendió y revisó el caso le dijo: “Está mal hecho el informe, así no se va a jubilar nunca. Vaya al piso 7″.

“Ahí se dieron cuenta en qué se equivocaron los mismos burócratas del IESS, y por lo que no salía la jubilación”, afirma la hija de Andrés.

A más de la edad y el número de aportaciones, hay otros requisitos que se deben cumplir para que la solicitud de jubilación sea preaprobada. El primero es no estar en mora con el IESS como empleador. El segundo es que los aportes del mes que cesó deben estar pagados antes del 15 del siguiente mes. Y tercero, tener una cuenta bancaria activa y personal, registrada en el Sistema de Historia Laboral.

El trámite se hace en línea ingresando al siguiente link: iess.gob.ec/prjPensionesJubilacion-web/pages/principal.jsf

Allí se hace la solicitud, que es precalificada tras cumplir todos estos últimos requisitos. El plazo de 60 días se cuenta desde que se da esta aprobación en línea.

Karla Villacís, socia y directora del área laboral de Lexvalor Abogados, corrobora estas demoras. “No hay agilidad en el trámite; todo es muy burocrático. El IESS es muy lento y se demora mucho en responder, verificar, revisar y resolver. Hay poco personal; entonces, con menos se atienden menos casos y todo se vuelve un cuello de botella. Los sesenta días que se tienen para resolver sin perder la prestación de salud son insuficientes y es ese tiempo máximo porque es el periodo que cubre, dos meses, desde que el afilado deja de aportar, al constar como cesante y aún no estar jubilado, pues, se pierde”.

Lo ideal sería que todo se resuelva en ese periodo, pero los tiempos no coinciden, y el sueño de retirarse con un sueldo fijo sin ya laborar, así sea bajo, se diluye en ese tiempo. “He visto casos en los que se demora más del año”, agrega.

La ley no determina una diferencia en el tiempo del trámite para jubilarse, si el afiliado que se jubila es bajo relación de dependencia, independiente o voluntario.

“La ley no distingue una diferencia para uno u otro caso, en teoría son iguales, pero en la práctica si puede ser más difícil para un afiliado independiente acceder a la jubilación porque el que está bajo relación de dependencia tiene los reportes de roles de pago e información más accesible de manera inmediata para el IESS, en el otro caso no hay esos reportes cargados al sistema todo el tiempo entonces está la necesidad de encontrar el origen de los ingresos, verificar los montos, eso hace que demore más”, explica Villacis.

Con tanto cambio de autoridades en el IESS, agrega, la situación si se complica. “Ya ni siquiera se sabe con quien hablar porque resulta que una semana se habla con una persona y a la siguiente ya no se puede porque le botaron, son los problemas reales que se dan”.

Desde el punto de vista jurídico, acota Villacis, “se puede aplicar el silencio administrativo que está en el Código Orgánico Administrativo partiendo de que los actos del IESS son de autoridad pública y administrativos, entonces si se demoran más de 180 días en atenderme podría acogerme. Este dice que si hay una demora mayor de 180 días se da por concedida”.

El problema de aplicar en el caso del IESS, dice Villacis, es que se debe discernir en qué casos procede y en cuáles no. “El silencio administrativo parte de pedir una cosa que se resuelve con si o no, pero en lo que se resuelve con el análisis de un pago, por ejemplo, este concepto podría resultar inaplicable, puede no ser lo más efectivo”.

Vanessa Gómez, abogada experta en legislación laboral, reconoce también las demoras en el trámite de jubilación. “Si conozco de estas, lamentablemente la explicación que da el IESS es la cantidad de trámites, que son atendidos en el orden que van llegando las solicitudes”.

Ella recomienda que si se haga un seguimiento porque si suele pasar que la solicitud se queda en una especie de limbo. “Algo pasa internamente en el sistema que la solicitud no llega al funcionario y por lo tanto no entra en revisión”, asegura.

IESS reconoce que hay casos con demoras que superan los 60 días de prestación de salud que otorga la entidad contados desde que se deja de aportar

A las oficinas del IESS ubicadas en el sector de la Bahía, en el centro de Guayaquil, acuden los afiliados y jubilados. Foto: El Universo

Si la historia laboral de los afiliados no presenta inconsistencias en los aportes o pagos extemporáneos de las aportaciones, la aprobación de la solicitud (que se hace en línea) es de dos minutos, según el IESS, y el depósito de las pensiones acumuladas hasta el mes de liquidación se lo efectúa a la cuenta bancaria registrada en aproximadamente quince días.

Para cumplir con este proceso, el afiliado debe tener clave y acceder a su historial a través del sitio web www.iess.gob.ec y generar la precalificación y aprobación de la solicitud.

Sin embargo, el IESS reconoce que hay casos específicos en los que el proceso puede durar hasta 60 días o más.

Cuando hay inconsistencias en las aportaciones, se hace otro procedimiento con un tiempo promedio de atención adicional de ocho días, según la entidad: “En los casos de afiliados que presentan en su historia laboral aportes cancelados de forma extemporánea o con posibles inconsistencias, la solicitud es direccionada a la Unidad Provincial de Pensiones, en base a la división administrativa del IESS, con el objeto de que el liquidador provincial de pensiones proceda a la revisión, cálculo y validación de la pensión de jubilación (tiempo promedio de atención: 8 días)”.

Cuando hay “aportes con inconsistencias en días y sueldos por efecto a planillas de ajustes realizadas por el empleador, aportaciones con sueldos atípicos previo a la fecha del cese, reingresos de afiliados al IESS con 60 años o más de edad, el trámite es direccionado a las Unidades Provinciales de Afiliación, con el fin que se verifiquen las novedades encontradas”, indica el IESS.

En este caso, el tiempo promedio de atención es de 30 días, aunque de ser necesario se procede con el traslado a los Órganos de Reclamación Provincial con un plazo máximo de 60 días, señala el IESS. Pero si la reclamación va a instancias nacionales, el plazo máximo de atención es de 90 días. En caso contrario, se devuelve el trámite a la Unidad Provincial de Pensiones con los respectivos correctivos para continuar con la entrega de la jubilación.

Para las solicitudes de jubilación especial en el sector de las artes gráficas, telecomunicaciones y por la modalidad de convenios internacionales, que representan el 35 % de las solicitudes de jubilaciones de vejez, el tiempo de atención se extiende hasta los 60 días en promedio para las dos primeras situaciones. Esto se debe, señala el IESS, “a la calificación de actividad insalubre y la transferencia de las reservas matemáticas por la reducción del tiempo de cotización y edad de jubilación”.

En las solicitudes de jubilaciones bajo convenios internacionales el trámite se prolonga hasta los 180 días en promedio, por el intercambio físico de documentación, indica la entidad.

Finalmente, con el objeto de comunicar al afiliado el cálculo y el monto de la jubilación otorgada, el jubilado deberá acercarse a los módulos de atención del Seguro de Pensiones para recibir un ejemplar original del respectivo acuerdo de jubilación. (I)

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