La “Ley De Memoria Democrática”, conocida popularmente como la “Ley de nietos”, permite a los ciudadanos latinoamericanos descendientes de españoles a obtener la ciudadanía española, con el fin de facilitar una eventual emigración hacia ese país.

Esta ley fue aprobada en 2022, esu objetivo es reparar el daño a las víctimas de la Guerra Civil Española y del posterior gobierno militar de Francisco Franco, algo parecido a la Ley de Memoria Histórica de 2007, aprobada bajo el gobierno del expresidente socialista José Luís Rodríguez Zapatero y que solo beneficiaba a los nietos de españoles.

La “Ley de Nietos” contempla, además, la obtención del pasaporte para los hijos de mujeres españolas que se casaron con extranjeros mientras perduraba la Constitución de 1978, en la que se dictaminó que la descendencia heredaba la ciudadanía del padre.

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Hasta el año pasado, 60.000 mil personas han sido beneficiadas por esta disposición y lograron conseguir su pasaporte europeo, pero este proceso culminará este 2024. La norma que se estableció el octubre de 2022 contempla una fecha de cierre para las postulaciones el 31 de octubre de 2024.

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Las personas que pertenezcan a las siguientes categorías podrán acceder a la ciudadanía española, si realizan el trámite correspondiente dentro de los dos años de vigencia de la ley.

  • Hijos o nietos de españoles que fueron exiliados y salieron de España por motivos políticos, ideológicos o de creencia o de orientación e identidad sexual.
  • Hijos e hijas de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.
  • Hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo a la ley de Memoria Histórica.
  • Voluntarios integrantes de las Brigadas Internacionales (brigadistas), que participaron en la Guerra de 1936 a 1939 y sus descendientes.

Cómo aplicar a la ciudadanía

Las personas que pertenezcan a alguna de las categorías y estén interesadas en recibir el beneficio de la ciudadanía española deben aplicar en el Consulado de España correspondiente a su lugar de residencia.

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Los interesados en obtener la nacionalidad española deben presentarse con cita previa en el Consulado General correspondiente a su lugar de residencia para realizar el trámite. Para esto deben contar con los siguientes documentos.

  • El acta de opción por la nacionalidad española.
  • Partida de nacimiento de los progenitores españoles en caso de que no esté inscripto en el Registro Civil español.
  • Partida de nacimiento del interesado expedida por el Registro Civil de su país, legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores y con apostilla.
  • Acta de matrimonio de los progenitores o partida de nacimiento del padre o madre que no posee la nacionalidad española.
  • Pasaporte español o partida de defunción del progenitor español.
  • En caso de adopciones, se debe aportar el testimonio completo de adopción junto con la partida de nacimiento del adoptado. (I)