A las 11:00 que se instaló la sesión del pleno de la Asamblea Nacional con 122 legisladores presentes, no había un acuerdo previo, como en otras ocasiones, esta vez para aprobar las 86 reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP).

La incorporación de los informes de comisiones de Derechos Humanos reconocidas por la Organización de Naciones Unidas (ONU), como prueba nueva, para la aplicación del recurso de revisión a fin de corregir errores en las sentencias penales ejecutoriadas, divide a las tres bancadas PSC, RC y ADN, que han mantenido acuerdos legislativos.

Mientras se produce el debate, los legisladores Viviana Veloz (RC), Vicente Taiano (PSC) y el presidente de la legislatura intentan ponerse de acuerdo y coincidir en la forma de votación de este cuerpo normativo. Los tres sectores tienen sus propios reparos.

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Asambleístas proponen incorporar los informes de las comisiones de derechos humanos como evidencia nueva al recurso de revisión penal

En tanto, el movimiento de Construye anunció que planteará el archivo del proyecto si no existen cambios en la forma de votación del proyecto y desechar los artículos sobre el recurso de revisión y la posibilidad de que la Asamblea Nacional acceda a la información reservada sobre las indagaciones previas que realiza la Fiscalía General del Estado. Ese es el cianuro, en esta reforma al COIP, afirmó el legislador Jorge Peñafiel.

El sector de Pachakutik tampoco está de acuerdo en la incorporación de los informes de comisiones de Derechos Humanos para aplicar los recursos de revisión a sentencias penales ejecutoriadas; mientras que el sector del Gobierno, representado en la bancada Acción Democrática Nacional, no se pronunció, sus legisladores no quieren hablar con la prensa y hasta el mediodía tampoco intervinieron en el pleno.

El presidente de la Comisión de Justicia, Fernando Cedeño, reiteró que el informe para segundo debate fue aprobado por unanimidad donde participa no solo RC, sino también el PSC, ADN, Gente Buena e independientes. Lo medular, dijo, es el aumento de varias penas como son el sicariato, secuestro, secuestro extorsivo, extorsión, tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización, concusión, tráfico de influencias, lavados de activos, terrorismo y delincuencia organizada, en total son 24 delitos en que se incrementan las penas.

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Así mismo, añadió, se logró tipificar dos nuevos delitos como el feminicidio y también se consolidó el tema de justicia indígena.

Jorge Peñafiel del movimiento Construye precisó que con las reformas al COIP quieren plantear la impunidad y que en la Asamblea Nacional entre “gallos y medianoche se pase una reforma, y ese pasar significa darle espacio a la impunidad que buscan los prófugos de este país”.

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Preguntó a la sala si con esta reforma se pretende establecer que las sentencias ejecutoriadas se revisen eternamente e institucionalizar el ser campanero en el país y si buscan que la justicia indígena sea un espacio para la impunidad.

“No cabe de ningún lado que esta reforma es para combatir la inseguridad en el país, pues lo que están dando es un caramelo con cianuro porque por dentro tiene un veneno mortal”. El llamado es identificar que si viene el cianuro envuelto en un dulce, hay que archivar el proyecto, pues se pretende mantener la impunidad, y la única salida es volver a la foja cero esta reforma.

Viviana Veloz del bloque de la Revolución Ciudadana señaló que el ‘carnavalazo’ no está en esta reforma al COIP, sino en el incremento del IVA, ahí está el “verdadero cianuro” que les dieron a los más pobres metiéndoles la mano al bolsillo con el incremento de impuestos.

Comentó que es una “burda mentira” que las reformas buscan la impunidad, lo que sí preocupa es la desesperación que tienen que jueces con altos estándares internacionales revisen las sentencias, tras insistir en que la causal que se pretende implementar en el recurso de revisión de los informes de los organismos de Derechos Humanos está contemplada en los estándares de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la revisión de procesos judiciales. Por ello, invitó a los legisladores que se oponen a la reforma a revisar la legislación que existe en Colombia, España y otros países.

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El legislador Vicente Taiano, jefe del bloque del Partido Social Cristiano, dijo que el objetivo de la reforma penal era devolverle la paz y la tranquilidad a la familia ecuatoriana, y que no se puede permitir que el ‘cuco’ de la confusión pretenda cuestionar y dañar esta reforma que en un 90 % de su articulado es bastante bueno, pero hay temas que necesariamente tienen que ser excluidos del texto.

Entre los temas que deben cambiarse y separarse de la reforma, porque es un despropósito pretender levantar, bajo cualquier concepto, la reserva de la investigación previa, porque se atropellaría el trabajo investigativo que lleva adelante la Fiscalía, y de hecho quien revela información de una investigación comete un delito penal, por lo tanto, no se puede legislar y tocar este tema.

Tampoco dijo que es posible, mediante la reforma de una ley ordinaria, ampliar el catálogo de los delitos imprescriptibles, por lo tanto, debe ser excluido del informe, porque si no lo hace se puede cometer una inconstitucionalidad.

En torno a la nueva causal de recurso de revisión que se pretende incorporar, anunció Taiano que no van a votar por aquello, porque votar como se está proponiendo sería atropellar la esencia de la figura de la revisión excepcional, pues es el único recurso en materia penal que procede sobre una sentencia en firme, es decir, el recurso extraordinario de revisión podría cambiar el estado de la sentencia y devolverle el estado de inocencia a quien haya sido declarado culpable.

Lo que se adiciona en el informe y que está complicando la aprobación, precisó el legislador socialcristiano, es crear una nueva causal que si uno de los sentenciados con sentencia en firme obtiene un pronunciamiento de un organismo internacional como la ONU, comisión de la ONU o la CIDH, lo cual confunde conceptos fundamentales, porque bajo ningún concepto una recomendación de una de las comisiones de la ONU puede alterar el estado de una sentencia. Por lo tanto, ese tema debe ser excluido.

Taiano pidió al presidente de la Comisión, Fernando Cedeño, que se divida la votación en dos bloques, el primero que contenga todo lo referente al endurecimiento de penas, la revisión de los tipos penales y la eliminación de los beneficios penitenciarios, y que se voten por separado las incongruencias como la imprescriptibilidad de delitos, la eliminación de la reserva de la información y la nueva causal para aplicar el recurso de revisión.

El legislador Fernando Cedeño, presidente de la Comisión de Justicia, presentó una moción y en efecto divide en dos bloques; el primero, recoger 85 artículos incluida la disposición general única, las disposiciones transitorias, reformatorias y final; y, en un segundo bloque, se incluyen cinco artículos.

Pero en la disposición general única se dispone que la Corte Nacional de Justicia aplique y sin demora las recomendaciones que realicen los organismos internacionales de Derechos Humanos sobre la revisión de sentencias.

Puntualmente señala que “conforme al mandato de los artículos 11 número 9 y 426 de la Constitución de la República y el artículo 32 del Código Orgánico de la Función Judicial, se reitera la obligación de aplicar de manera inmediata y efectiva las sentencias, decisiones, recomendaciones y observaciones emitidas por el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Esto es especialmente relevante en casos de violaciones de derechos humanos o errores en el debido proceso. La Corte Nacional de Justicia revisará de oficio y sin demora, conforme a lo dispuesto en el Artículo 658 de este código, las sentencias afectadas por dichas decisiones, observaciones o recomendaciones internacionales...”. (I)