Durante la formulación de cargos del caso Liga2, el fiscal general subrogante, Wilson Toainga, aseguró tener claro que los procesos de selección para las autoridades de varias instituciones se convirtieron en el objetivo principal de esta asociación ilícita que buscaba el control del país.
Según la Fiscalía, los cuatro acusados, los cuales estuvieron y están relacionados con el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), tres como exconsejeros vinculados al correísmo y una actual consejera, pretendían alcanzar, junto con una organización política, el control del sistema financiero y de justicia en Ecuador.
Desde el sábado último, 15 de marzo, la Fiscalía procesa penalmente por el delito de asociación ilícita a los exconsejeros de Participación Ciudadana relacionados con el correísmo Augusto Verduga, Yadira Saltos y Eduardo Franco Loor y a la actual integrante del CPCCS Nicole Bonifaz. Según la acusación del fiscal general subrogante, Wilson Toainga, información existente en el expediente revelaría la “planificación” y “estrategias delictivas” puestas en marcha desde esta instancia para hacerse del control de la institucionalidad del Estado.
Publicidad
#ACTUALIZACIÓN | #CasoLigados: Juez acoge parcialmente el pedido de #FiscalíaEc y dicta presentación periódica y prohibición de salida del país para Augusto V., Betzy S., Nicole B. y Eduardo F. pic.twitter.com/xBCw2Du6F1
— Fiscalía Ecuador (@FiscaliaEcuador) March 16, 2025
El incumplimiento de una sentencia de la CC para controlar el sistema financiero
“También pretendieron controlar el sistema financiero nacional por medio del incumplimiento de la sentencia número 372-23-EP-24 de la Corte Constitucional (CC), buscando nombrar a un Superintendente de Bancos afín a sus intereses”, explicó Toainga.
A decir del fiscal general subrogante, tal nombramiento habría sido posible gracias a la intervención del hoy exconsejero Augusto Verduga. El entonces funcionario del CPCCS habría mocionado durante una sesión del 22 de enero de 2025 del pleno del Consejo de Participación que se tome en cuenta la referida resolución constitucional en la cual se declaró la vulneración de derechos en favor de Raúl González, al no haberle permitido desempeñar las funciones de superintendente de Bancos en el 2022, recalcando que la sentencia en cuestión establece que su decisión no tiene la potencialidad de afectar ninguna situación jurídica consolidada sobre los nuevos procesos de selección impulsados con posterioridad.
Pese a la claridad de la disposición, resaltó Toainga, la moción del entonces consejero Verduga fue aprobada con los votos favorables de Nicole Bonifaz, Eduardo Franco, Yadira Saltos y el voto del mismo proponente. Así se habría postergado la posesión de Roberto Romero, quien fue designado legalmente en el concurso para el año 2024, y en su lugar solicitaron a la Asamblea Nacional la posesión inmediata de Raúl González,” en evidente contraposición a lo decidido por la CC”.
Publicidad
“Este incumplimiento fue fruto de los planes y coordinaciones realizadas por parte de los miembros del CPCCS con integrantes del movimiento político Revolución Ciudadana (RC5). En donde existen direccionamientos para cumplir con su finalidad y hacerse del control del ente rector del Sistema Financiero Nacional, pues la Superintendencia de Bancos representa un espacio de vital importancia para controlar o no el lavado de activos en el país, cuestión reconocida por el mismo Augusto Verduga en sus conversaciones de planificación”, añadió Wilson Toainga.
Dada la importancia de la institución en juego, le indicaba Toainga al conjuez nacional Marco Aguirre, Verduga habría conversado previamente con quien se pretendía posicionar para controlar la Superintendencia de Bancos en búsqueda de la estrategia para consolidar la toma de esta institución.
Publicidad
El control del proceso de designación de vocales del Consejo de la Judicatura
En una segunda parte de la formulación de cargos, el fiscal que subroga a Diana Salazar señalaba que el sistema financiero no fue el único espacio de control pretendido por los ahora procesados, “en coordinación con los miembros del movimiento Revolución Ciudadana, RC5″, sino que también se mantenían asociados con la finalidad de lograr el control del sistema de justicia, por medio del concurso de vocales del Consejo de la Judicatura (CJ).
El control pretendido se habría desplegado a través de gestiones con personal de la Asamblea Nacional e incluso con funcionarios de la Defensoría Pública cuyas ideologías comulgaban con las del correísmo. Esto, afirmaba la Fiscalía, se desprendía de conversaciones que el exconsejero Verduga habría mantenido con miembros del CPCCS y de la RC, para planificar retrasar el concurso del CJ en procura de que “sea el Gobierno de Luisa”, como se habría mencionado textualmente, “quien envíe la terna en caso de ganar las elecciones presidenciales”.
En la búsqueda de ese objetivo se habrían planteado la interposición de medidas cautelares constitucionales y la comisión de tráfico de influencias para cristalizar sus intenciones, refería Toainga.
Ya en la parte final de la exposición de los hechos que generaban la investigación del caso Liga2, el fiscal general subrogante reiteraba que se puede apreciar en los hechos planteados que existen conductas propias de una asociación ilícita al convenir una pluralidad de personas con finalidades claramente delictivas destinadas a controlar los poderes del Estado, llegando a ser juez y parte dentro de los procesos de selección de autoridades, a los cuales el CPCCS tenía la obligación de emprender con honestidad e imparcialidad.
Publicidad
“Dentro de las conversaciones que se expondrán se puede apreciar claramente cómo el exconsejero Augusto Verduga recibe y dirigencia hojas de vida, actos notariales y desglose de carpetas de posibles candidatos a formar parte de las ternas, tanto de la Asamblea Nacional como de la Defensoría Pública, poniendo a su disposición al personal del CPCCS, como a miembros del movimiento Revolución Ciudadana, lo que denota claramente su intención y la de su grupo de actuar contra la Constitución y la ley”, afirmaba la titular subrogante de la Fiscalía.
Desde este punto, el fiscal Wilson Toainga comenzó a enumerar los elementos de convicción que le servían para formular cargos contra los cuatro sospechosos y fundamentar el pedido de que se inicie una instrucción fiscal. Luego de casi ocho horas de audiencia, el conjuez Aguirre dispuso el inicio de una instrucción fiscal por 90 días y ordenó contra los cuatro procesados que se presente periódicamente y la prohibición de salida del país.
La infracción penal que se imputó es la tipificada en el artículo 370 del Código Orgánico Integral Penal, denominada asociación ilícita, recalcando que el grado de participación por el cual se formularon cargos es el de autores directos. (I)