Aunque en un primer análisis los integrantes del pleno de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) no llegaron a un acuerdo sobre si era o no necesario que el organismo emita una resolución con fuerza de ley que ayude a aclarar la resolución aprobada por el Consejo de la Judicatura (CJ), que incluye un instructivo con directrices y parámetros para el traslado de jueces y movimiento administrativo de servidores judiciales, en la próxima sesión se volverá a analizar el tema.
El primer instructivo emitido a finales de mayo pasado, menos de dos meses después fue derogado, pero de forma inmediata la Judicatura emitió otra resolución que mantiene la lógica del traslado para ciertas causales.
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Jueces, abogados en libre ejercicio y otros han expresado su preocupación ante lo que para algunos es considerado como una posible “herramienta de coerción para que los juzgadores actúen de determinada manera en los procesos”, a cambio de que no sean movidos a otras jurisdicciones en otros cantones o provincias.
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Justamente en la reunión del pleno de la Corte Nacional del miércoles último se analizaron solicitudes presentadas ante el organismo por la Asociación Ecuatoriana de Magistrados y Jueces (Aemaj); la presidenta de la Corte de Justicia del Azuay, Alexandra Vallejo; y el juez de Garantías Penales de Pichincha, Telmo Molina. Según este último, existían “vacíos y oscuridades” en el contenido del instructivo inicialmente emitido que deberían ser interpretados desde una lógica de independencia judicial por el máximo órgano de justicia ordinaria del país.
Entre los jueces nacionales que intervinieron en el análisis hubo diversas posiciones. Por un lado, por ejemplo, la jueza Enma Tapia creía que los jueces esperan una respuesta de la Corte Nacional respecto a este tema, aunque el juez David Jacho sostenía que no ve razón válida o argumento fuerte alguno como para que el pleno de la Corte Nacional emita una resolución.
Desde la perspectiva de Molina, los jueces tienen normas de rango superior que garantizan el principio de independencia judicial, en el que se incluye el principio de inamovilidad de los juzgadores. ”Esto significa que ningún juez puede ser trasladado ni removido fuera de su judicatura, porque al ser nosotros un contrapoder a posibles abusos del Ejecutivo o cualquier autoridad pública, si es que se tiene un proceso en el cual existe algún interés particular o público, el CJ podría fácilmente interferir en la decisión del juez a través de un cambio administrativo”.
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El integrante de la Sala Penal de la Corte Nacional Walter Macías, en su intervención ante el pleno, refirió que a través de estas reglamentaciones desde la Judicatura se ha buscado realizar una suerte de intervención a la independencia judicial. Milton Velásquez, juez de la Sala Especializada de lo Contencioso Administrativo, piensa que “siempre hay que tratar de evitar que este tipo de tratados sean una forma de amedrentamiento”.
Con respecto al traslado de jueces, el
— Consejo de la Judicatura (@CJudicaturaEc) July 12, 2023
Dr. Esteban Calderón, presidente núcleo Pichincha @AsoJuecesec, solicita que los movimientos se den con la debida antelación al juzgador para cerrar su despacho y posteriores a la aprobación del protocolo de traslado. #PazJusticiaYVerdad pic.twitter.com/zKC4KwK2Zm
En estos casi dos meses de vigencia de la resolución que permitía el traslado de jueces, varios juzgadores fueron notificados con sus traslados. Entre ellos estuvo Lorena Jaramillo, jueza de la Unidad Judicial Penal Norte 2 de Guayaquil. Este fue uno de los casos abordados en el extenso pleno de la CNJ del miércoles último.
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Jaramillo señaló que el cambio administrativo se dio repentinamente sin que exista un consentimiento previo. De un momento a otro de ser juzgadora de Unidad Penal en la que estaba a punto de resolver causas por narcotráfico la pasaron a un cargo de jueza de Niñez, Familia y Adolescencia.
La jueza Jaramillo interpuso una solicitud de medidas cautelares en contra del director general de la Judicatura y más funcionarios ante el cambio repentino. Argumentó una posible afectación al servicio de la administración de justicia, así como también una vulneración a la tutela de los derechos de niños, niñas y adolescentes.
@alevallejoba Presidenta de la Corte Provincial de Justicia del Azuay y este servidor preparamos un pedido de resolución interpretativa del Art. 101 del COFJ a la luz de los Principios de independencia judicial de las Naciones Unidas, a fin de que se garantice el principio de… pic.twitter.com/ZhBg2Jxi7S
— Telmo Molina (@TelmoMolina) July 14, 2023
Las medidas cautelares fueron aceptadas el 13 de julio pasado y se dispuso la suspensión provisional del traslado y que se habilite a Jaramillo nuevamente como jueza de Garantías Penales de la Unidad Judicial Penal en Guayaquil.
Contra la primera resolución de la Judicatura que permitía el traslado ante situaciones específicas, el 6 de junio pasado se presentó una acción de inconstitucionalidad. La medida fue planteada ante la Corte Constitucional por Pablo Encalada y Ramiro García y aún está a la espera de que se resuelva. Encalada sostenía que “el instructivo fue creado para condicionar a los jueces”.
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El debate sobre el tema continuará en la Corte Nacional de Justicia en la próxima sesión plenaria del organismo. Para tener mayores sustentos para el análisis, el presidente de la CNJ, Iván Saquicela, pidió al área respectiva que construya un informe jurídico que aborde diversas aristas de la problemática establecida. (I)