El presidente Daniel Noboa presentó una objeción parcial, por inconstitucionalidad, al Proyecto de Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos y de la Financiación de Otros Delitos, que fue aprobado por la Asamblea Nacional el 20 de junio.

El mandatario envió el veto al titular de la Asamblea, Henry Kronfle, este jueves, 25 de julio. Noboa objetó el artículo 20 y la disposición general cuarta del proyecto de ley, que trata sobre la designación del director de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE).

El texto aprobado por el Parlamento, en el artículo 20, establece que la máxima autoridad de la UAFE sea elegida por la Asamblea de una terna enviada por el presidente de la República para un periodo de dos años, con la opción de ser reelegido por dos años más.

Publicidad

En la disposición general se indica que la terna debe respetar la alternabilidad entre hombres y mujeres, entre otros aspectos.

A criterio de Noboa, lo aprobado por la Asamblea es inconstitucional porque la UAFE es una entidad adscrita al Ministerio de Finanzas, entidad que es parte de la Función Ejecutiva; por lo tanto, la designación del director de la Unidad de Análisis le corresponde estrictamente al presidente de la República.

Por ello, el mandatario sostiene que el contenido del artículo 20 y la disposición general cuarta constituyen una “extralimitación de las competencias” del órgano legislativo y, por ende, “una violación al artículo 226 de la Constitución”, que determina que quienes actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley.

Publicidad

Según el Ejecutivo, si entra en vigencia el texto aprobado por el pleno “implicaría además consentir la interferencia de la Asamblea Nacional en una institución que, por su naturaleza, es netamente técnica y pertenece a la Función Ejecutiva, lo cual además transgrede la independencia de funciones”.

La objeción parcial irá a conocimiento de la Corte Constitucional para su evaluación. El organismo determinará si las observaciones del presidente son o no válidas. (I)

Publicidad