El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) podría reactivar el tratamiento de una denuncia por presunta violencia política de género con tintes racistas en contra de la candidata a asambleísta del correísmo Priscila Schettini y su colega, la abogada Angélica Porras, quienes promovieron una iniciativa para que la autoridad principal de la Fiscalía General, Diana Salazar Méndez, renunciara a su cargo en el 2023.
El caso estuvo suspendido por siete meses debido a los constantes incidentes que provocaron las dos mujeres para impedir que el pleno del TCE tratara en última instancia la apelación a una sentencia en la que se les suspendieron los derechos de participación.
La denuncia la planteó la titular de la Fiscalía, Diana Salazar Méndez, y fue el juez electoral Fernando Muñoz Benítez quien la sustanció en primera instancia y determinó que Schettini y Porras incurrieron en actos sistemáticos de violencia política de género que afectaron la imagen personal y profesional de la autoridad con el objetivo de incitarla a renunciar.
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El magistrado sancionó a Priscila Schettini Castillo a pagar una multa de 50 salarios ($ 22.500) y la suspensión de sus derechos de participación política por tres años.
A Porras le impuso una multa de 30 salarios ($ 13.500) y la suspensión de sus derechos de participación política por dos años.
Las accionadas fueron declaradas en rebeldía en el tratamiento de la denuncia, pues no acudieron a la audiencia pública para defenderse. Sin embargo, apelaron a la decisión.
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Aunque desde el 24 de agosto de 2024 estaban suspendidos los plazos para continuar con el trámite, ya que debían resolverse recursos horizontales planteados por las partes procesales o por recusaciones que se hacía a los jueces que podían ser llamados a integrar el pleno y resolver en segunda y definitiva el caso.
De su decisión dependerá si las accionadas son declaradas culpables y se ratifican la sanciones fijadas por Muñoz o las modifican; o, al contrario, se ratifica el estado de inocencia de las accionadas.
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Este 19 de marzo de 2025, el juez Joaquín Viteri, ponente del proyecto de sentencia para conocimiento del pleno, reanudó los plazos y solicitó a la Secretaría General del Tribunal que certifique cuáles son los jueces y/o conjueces habilitados para integrar el pleno jurisdiccional que conocerá y resolverá los recursos de apelación.
Priscila Schettini es candidata a asambleísta por el movimiento político Revolución Ciudadana (RC), que lidera el expresidente Rafael Correa. Con resultados preliminares del Consejo Nacional Electoral (CNE), habría alcanzado una curul para el periodo 2025-2029.
De llegar a resolverse esta denuncia y que Schettini sea declarada responsable de esta infracción electoral muy grave, contemplada en el artículo 279 del Código de la Democracia, no podría asumir su cargo de legisladora el próximo 14 de mayo.
En junio de 2023, ella junto con la abogada y excandidata a jueza de la Corte Constitucional (CC) Angélica Porras —y su colectivo denominado Acción Jurídica Popular, del que también es parte el juez del TCE Richard González— usaron la figura de la audiencia pública para que se convocara a Diana Salazar al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) para interpelarla porque, según ellos, había “plagiado” su tesis para obtener el título de tercer nivel.
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En esos meses, el CPCCS lo presidía el exconsejero destituido Alembert Vera Rivera (cercano al correísmo), quien atendió los pedidos de las ahora accionadas.
No obstante, la Universidad Central del Ecuador desmintió esa acusación y aclaró que Salazar hizo su tesis.
De acuerdo con la sentencia de Muñoz, las denunciadas hacían declaraciones en entrevistas en medios de comunicación y publicaciones en redes sociales en las que descalificaban a la fiscal con frases como “inepta, incapaz, ignorante, corrupta, 10/20, mentirosa, fraude, ladrona, con problemas en el conocimiento del derecho penal”.
Se observó que las críticas que hacían Schettini y Porras motivaban a otros usuarios o sus seguidores a emitir expresiones violentas, como “negra, 10/20, corrupta, simia, negra de m...”.
Además, se refiere que Priscila Schettini no solo emitió estas expresiones, sino que también hizo una “acusación en contra de la madre de Salazar, quien habría denunciado actos de acoso en contra de sus hijas ante las autoridades competentes. Y, del mismo modo, y de forma concordante, las denunciadas exhibieron públicamente la imagen de la hermana de la fiscal con el único propósito de ejercer escarnio público como mecanismo indirecto de presión” para que dejara su cargo.
¿Cuál fue la conducta que se observó en las denunciadas y la sanción que aplicó el juez Fernando Muñoz?
En su sentencia, emitida el 6 de junio de 2024, el juez electoral Fernando Muñoz halló responsables a Priscila Schettini y Angélica Porras de haber configurado su conducta en los numerales 1 y 7 del artículo 280 del Código de la Democracia.
Esto señala como actos de violencia contra las mujeres en la vida política a aquellas que “amenacen o intimiden en cualquier forma a una o varias mujeres o a sus familias, y que tengan por objeto o resultado anular sus derechos políticos, incluyendo la renuncia al cargo o función que ejercen o postulan”.
Y aquellas que “divulguen imágenes, mensajes o revelen información de las mujeres en ejercicio de sus derechos políticos, por cualquier medio físico o virtual, en la propaganda político-electoral o en cualquier otra que, basadas en estereotipos de género, transmitan o reproduzcan relaciones de dominación, desigualdad y discriminación contra las mujeres, con el objetivo de menoscabar su imagen pública o limitar sus derechos políticos”.
Sobre esa base, apuntó Muñoz, incurrieron en una infracción electoral muy grave que se sanciona con multa desde 21 salarios hasta 70; la destitución y/o suspensión de derechos de participación desde dos hasta cuatro años. (I)