Recibida la denuncia de parte del gobierno de Guillermo Lasso sobre jueces que estarían beneficiando con sus decisiones a ‘delincuentes’, el Consejo de la Judicatura (CJ) asegura que ejercerá sus potestades disciplinarias “siempre enmarcado en la normativa legal y en el respeto al debido proceso”.

Desde el órgano de gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial se recuerda que en el campo administrativo cualquier ciudadano, autoridad o institución puede presentar una denuncia contra un juez, fiscal o defensor público por la presunción del cometimiento de una infracción tipificada en el Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ).

Pero se aclara que para denuncias por infracciones gravísimas, como dolo, manifiesta negligencia o error inexcusable, el CJ además requiere de la declaración jurisdiccional previa del órgano jurisdiccional superior para actuar, es decir, que jueces superiores al denunciado determinen en sentencia que el funcionario judicial cometió cualquiera de estas tres infracciones gravísimas.

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En cadena nacional, la noche del martes pasado, el presidente Lasso expuso los nombres de cinco jueces, los rostros, los cargos y en qué procesos aparentemente cometieron irregularidades para “liberar a delincuentes”. Decía que esa es una de las tres resoluciones tomadas dentro del Consejo de Seguridad Pública y del Estado (Cosepe). Las otras dos decisiones eran poner una queja formal ante la Judicatura y denunciar a los “malos jueces” ante la Fiscalía General.

Presentación pública de nombres y rostros de supuestos ‘malos jueces’, sin un debido proceso que lo confirme, es criticada por diversos sectores

Diego Ordóñez, secretario de Seguridad Pública, antes de presentar la respectiva queja en el CJ, interpuso una denuncia penal para que la Fiscalía investigue el comportamiento de los cinco jueces nombrados por Lasso y de uno más, del que no se dieron detalles. La información sobre estos funcionarios judiciales habría sido presentada al Cosepe por el Ministerio del Interior y la Policía.

Para Ordóñez es necesario que se analicen los nombres de jueces que aparecían en varios casos en que se había liberado, usando cualquier motivo o subterfugio legal, a delincuentes de alta peligrosidad vinculados con narcotráfico, violaciones, asesinatos, entre otros.

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“Cada mal juez que libera un delincuente atenta contra su seguridad. A los demás jueces corruptos que esto les sirva de advertencia”, anotó Lasso.

Pese a que en la Fiscalía se denunció a seis jueces, el CJ, en un comunicado, solo habla de cinco nombres. El de Ángel Lindao, hoy exjuez multicompetente del cantón La Concordia, quien fue destituido el 25 de enero pasado por incurrir en la infracción gravísima de manifiesta negligencia; y los de los jueces de Manta (Manabí) Alexandra Quintero y Luis Alarcón, sobre quienes pesa una suspensión preventiva de 90 días, desde el 22 de diciembre pasado, debido a una denuncia hecha por la Fiscalía por una supuesta infracción gravísima en un juicio relacionado con narcotráfico.

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Respecto a los dos jueces restantes señalados por Lasso: Juan Carlos Terán, juez de Guayaquil que firmó más de quince boletas de excarcelación de personas relacionadas con casos de armas y droga, y Émerson Curipallo, juez de Santo Domingo de los Tsáchilas que firmó, resaltó Lasso, más de quince boletas de excarcelación, “abusando de la acción de protección”, el CJ sostiene que analizará los casos observando el debido proceso.

El presidente temporal del CJ, Álvaro Román, señaló que de acuerdo con el debido proceso lo que inicialmente se hará es ver si la denuncia del secretario de Seguridad cumple con los requisitos de admisibilidad y de ahí se la enviará a las cortes provinciales de Guayas, Manabí y Santo Domingo, pues estas son las que tienen que calificar la infracción gravísima de error inexcusable, de negligencia manifiesta o dolo.

“Bajo ese aspecto tienen diez días más o menos para resolver y de ahí veríamos si efectivamente ellos determinan, con una declaración previa, para nosotros poder activarnos”, apuntó.

Román piensa que si se analiza todo el sistema de justicia, la mayoría de jueces son honestos y no participan en irregularidades. Pese a ello cree que hay funcionarios, jueces que tienen un mal proceder, pero que no es generalizado. “Hay que tener en cuenta que la independencia de las funciones es importante y el señor presidente podrá tener su opinión como ciudadano y como presidente de la República, pero nosotros como órgano y Función Judicial tenemos nuestras propias normas para realizar las actividades de control”.

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Guillermo Lasso dio los nombres de cinco jueces que han favorecido a delincuentes

La declaratoria jurisdiccional previa es un requisito indispensable para la aplicación de sanciones disciplinarias a los servidores judiciales que presuntamente han incurrido en faltas gravísimas de error inexcusable, manifiesta negligencia o dolo, contenidas en el artículo 109 numeral 7 del COFJ.

La Corte Constitucional (CC), en su sentencia 3-19-CN-20A de agosto de 2020, ordenó que sea un juez el que defina si existe error inexcusable, manifiesta negligencia o dolo para que un funcionario judicial pueda ser sancionado. Esta potestad hasta antes de la sentencia de la CC estaba en manos del CJ e incluso en periodos anteriores, como el de Gustavo Jalkh, fue criticado por ser usada para destituir a jueces que fallaron en contra del régimen de ese momento.

Para la Asociación Ecuatoriana de Magistrados y Jueces (Aemaj) el que el presidente Lasso en cadena nacional haya dicho que en Ecuador se cuenta “con malos jueces que defienden a los delincuentes” es una “desatinada expresión” que se traduce en una velada amenaza a la independencia judicial. Se recordó que todo funcionario público y, en especial, el presidente de la República tiene la obligación legal y constitucional de respetar la independencia externa de la Función Judicial, a la cual califican como un pilar básico de un Estado constitucional de derecho.

“Las decisiones judiciales pueden ser impugnadas a través de los recursos que franquea la ley, siendo los magistrados de grado superior quienes ejercen un control sobre las actuaciones judiciales. Por lo tanto, las declaraciones del primer mandatario denotan un total desconocimiento de los principios y normas procedimentales en materia penal, lo que desemboca en expresiones que contienen aseveraciones y acusaciones prematuras, que atentan en contra de la dignidad y el buen nombre de los magistrados del país”, aclara la Aemaj en un comunicado público. (I)