El presidente Guillermo Lasso eliminó dos artículos del decreto ejecutivo 841 con el que declaró el estado de excepción en el país por 60 días, por grave conmoción interna, a raíz del crimen del candidato presidencial Fernando Villavicencio, quien fue asesinado con disparos la tarde del miércoles, 9 de agosto, en Quito.

Los puntos retirados tienen que ver con la limitación del derecho a la libertad de reunión de las personas. Para el efecto, el mandatario emitió el decreto ejecutivo 843, la tarde del jueves 10 de agosto.

Inicialmente, el jefe de Estado dispuso limitar en todo el territorio nacional el derecho a la libertad de reunión, para impedir la propagación de acciones violentas. Y se facultó a la fuerza pública para impedir y desarticular reuniones en espacios públicos donde se identifiquen posibles amenazas al orden público y seguridad ciudadana.

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Ahora, con el nuevo decreto, se levantó esta restricción con el argumento principal de que las elecciones del 20 de agosto y todas las actividades previstas dentro del calendario electoral requieren las garantías y facilidades necesarias para su desarrollo.

Además, el Ejecutivo justificó el cambio en que el Código de la Democracia señala que, el día de las votaciones, las juntas electorales distritales, regionales, provinciales y especiales del exterior se instalarán en sesión de escrutinio a partir de las 17:00 o 19:00 en el caso de la Junta Especial del Exterior.

Las demás restricciones establecidas en el decreto 841 se mantienen. Es decir, sigue vigente la suspensión del derecho a la inviolabilidad de domicilio, lo cual consiste en que se podrán realizar inspecciones y requisas por la fuerza pública, con el fin de hallar espacios de almacenamiento de sustancias sujetas a fiscalización, armas y explosivos, y desarticular amenazar.

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También están en firme la inviolabilidad de correspondencia enviada o recibida en todo el territorio nacional. Y requisiciones por parte de la Policía y Fuerzas Armadas. (I)