Son cinco temas los que mantienen dividida a la Asamblea Nacional frente al proyecto de reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP), donde el más polémico es la inclusión de una causal para aplicar el recurso de revisión penal de las sentencias ejecutoriadas.

La falta de acuerdos entre las bancadas obligó al presidente de la Asamblea Nacional, Henry Kronfle, suspender el trámite de este proyecto que aplica 86 cambios al COIP, pero de ese número de reformas cinco son las que provocan distanciamientos entre las bancadas, y por ello se espera una nueva moción para desbloquear su aprobación.

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Un día después de la suspensión de sesión, los asambleístas se ausentaron del Palacio Legislativo e instalaron sesiones virtuales de las comisiones. Tampoco se conoce el día y la hora de la reinstalación de la sesión 900 para continuar con el debate y posterior votación de las reformas al COIP.

Temporalmente caída la reforma al COIP, el endurecimiento de penas para delitos graves en riesgo

Para los legisladores del Partido Social Cristiano, del movimiento Construye, Acción Democrática Nacional, Avanza y Pachakutik, la única forma de desbloquear las reformas es quitar lo malo del proyecto y priorizar la aprobación de reformas para endurecer las penas a los delitos graves, la eliminación de los beneficios penitenciarios y la tipificación de feminicidio, entre otros.

Este grupo de legisladores no comparte la tesis de que archive el proyecto, por ello esperan identificar lo bueno ya de una “manera sesuda, inteligente y profesional”, como lo afirmó el asambleísta Jorge Peñafiel del movimiento Construye, quien inicialmente se pronunció por el archivo como última opción para evitar que pase la propuesta del correísmo solo la incorporación de una nueva causal para el recurso de revisión penal.

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Peñafiel insiste en que se debe hacer un trabajo bien minucioso, “porque la técnica que utilizaron los correístas para incluir lo malo es también muy profesional, si cabe el término, que fue precisamente incluir en los textos elementos pequeños para poder promover esta agenda de impunidad. Y ahí nos toca hacer una lectura casi letra por letra de toda la reforma”, anotó.

Pero la propuesta de presentar una nueva moción de aprobación quitando lo malo del proyecto tiene dificultades, porque el correísmo no está dispuesto a ceder en su propósito y se complica aún más cuando el legislador ponente del informe de segundo debate, Fernando Cedeño, pertenece a las filas del movimiento Revolución Ciudadana.

En caso de que el bloque de la Revolución Ciudadana no ceda en su afán de incluir los informes y resoluciones de los organismos de Derechos Humanos reconocidos por la ONU y la Corte Interamericana de Derechos Humanos como una causal para revisar las sentencias penales ejecutoriadas, el proyecto en trámite quedará suspenso hasta encontrar la salida.

Vicente Taiano, jefe de la bancada del PSC, anticipó que podría haber una nueva moción dividiendo en segmentos o en tres bloques: el primero donde se incluya todo aquello sobre aquello donde hay consenso como el incremento de penas, revisión de tipos penales y eliminación de beneficios penitenciarios; el segundo bloque sobre la imprescriptibilidad de delitos, levantamiento de reserva, las normas vinculadas al recurso de revisión y sobre la fuerza pública; y un tercer bloque, donde se incluyan las coincidencias que tiene la reforma con la propuesta de consulta popular presentada por el Ejecutivo.

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Cinco temas polémicos

Imprescriptibilidad de delitos

La actual Constitución determina que son imprescriptibles los delitos de peculado, cohecho, enriquecimiento ilícito y concusión.

La reforma planteada al numeral 4 del artículo 16 del COIP, incorpora al catálogo 22 delitos adicionales y así volverlos imprescriptibles, tanto en la acción como en la pena, los delitos como violación de DD. HH., delitos contra el Derecho Internacional Humanitario, lavado de activos, trafico de drogas, organización o financiamiento de producción o tráfico de drogas, financiación del terrorismo, delincuencia organizada.

Al no estar elevada a un nivel constitucional esta característica de imprescriptibilidad de los 22 delitos, el riesgo es que una vez aprobada la reforma se inicien los procesos que ya son imprescriptibles, para luego de algunos meses o años declarar la inconstitucionalidad de la norma y anular las sentencias generadas producto de esta reforma al COIP.

Por ello, bloques como PSC y Construye advierten que se pretende colocar la imprescriptibilidad de delitos como algo positivo, y se busca usar la prescripción.

Penalización de la propagación de enfermedades infectocontagiosas

Los legisladores cuestionan que se pretenda penalizar la propagación de enfermedades infectocontagiosas, donde se castiga con prisión de uno a tres años a la persona que, conociendo que está infectada con alguna enfermedad infectocontagiosa que implique grave riesgo para la vida, la integridad física o la salud, intencionalmente, infecte a otra persona, ya sea a través de la donación de sangre, leche materna, semen, tejidos u órganos; mantenga relaciones sexuales con otra persona sin informarle de la condición de infectado; o use un objeto invasivo, cortante o de punción que haya sido usado previamente en el infectado.

Penalización del uso excesivo de la fuerza

Se trata de una reforma contemplada en el artículo 41 del proyecto que reforma el artículo 293 del COIP, que pretende penalizar el acto del servicio, el uso excesivo de la fuerza que realicen los policías, militares y personal de seguridad de los gobiernos autónomos descentralizados, que sin observar los principios, niveles y disposiciones establecidas en la ley produzcan lesiones a una persona.

Para la legisladora Lucía Posso (Avanza), esta reforma constituye la cereza del pastel, porque se pretende imponer una sanción de un tercio adicional de la pena a policías y militares por extralimitar sus funciones en actos de servicio, cuando el país está en un momento de guerra interna y violencia, cuando la Asamblea Nacional condecora a policías y genera resoluciones de apoyo y respaldo a la fuerza del orden.

Levantamiento de la reserva de las investigaciones previas

Se trata de una reforma al artículo 584 del COIP, en que se pretende volver obligatorio la entrega de la información, actualmente reservada, a los entes políticos como son la Asamblea Nacional, Consejo de la Judicatura, Contraloría General del Estado y Defensoría del Pueblo.

Los asambleístas que se oponen a la propuesta advierten que se busca eliminar el factor sorpresa que actualmente tiene la Fiscalía para realizar diligencias y actos urgentes, como allanamientos, y podría promover la filtración de información, y por consiguiente la fuga de los indagados o procesados.

La mayoría de los legisladores coinciden en el concepto de que sería quitarle a la Fiscalía el poder de la información, y dársela a la política.

Inclusión de una nueva causal para aplicar recursos de revisión penal

Actualmente, el recurso de revisión en el Ecuador permite la revisión de una sentencia ejecutoriada, cuando existe prueba nueva, desconocida por los jueces durante el proceso de juzgamiento.

Pero la propuesta de cambio al artículo 658 pretende incluir los informes y resoluciones de los organismos de Derechos Humanos reconocidos por la ONU como una causal adicional para aplicar el recurso de revisión penal a las sentencias ejecutoriadas.

En los hechos, esta reforma crearía una instancia adicional por sobre la de la Corte Nacional de Justicia y de la Corte Constitucional. Los artículos 79, 72 y la disposición general única del proyecto en trámite incluyen esta posibilidad, en que la causal propuesta para presentar el recurso de revisión dependería de obtener un pronunciamiento, dictamen u opinión de cualquier comité de Derechos Humanos reconocido por la ONU, sin juicio, ni contradicción posible, lo cual según los legisladores es muy fácil obtener en el extranjero, como ya ha sucedido en el caso de Cristina Fernández en Argentina y Lula da Silva en Brasil. (I)