Por no haber interpuesto dentro del tiempo previsto en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) el pedido para que se realice una audiencia en la que se analice la suspensión condicional de la pena interpuesta a Martha Barrezueta, una de las once personas sentenciadas en el caso Las Torres, el Tribunal de Juicio negó la convocatoria para la diligencia.

Barrezueta buscaba la suspensión condicional de la pena pese a que el Tribunal que juzgó el delito de delincuencia organizada, luego de analizar la cooperación eficaz dada por ella en este caso a la Fiscalía, le impuso una pena reducida de seis meses y el pago de una multa de $ 788. En este mismo proceso penal el excontralor Pablo Celi y el exgerente de Petroecuador Pablo Flores fueron condenados a 13 años y 4 meses de cárcel, en calidad de autores directos.

Cooperadora eficaz en el caso Las Torres está a la espera de que se le defina una audiencia reservada; su defensa insiste en que es inocente

“En este caso la decisión oral del juicio se dictó el 10 de febrero de 2023, a las 15:00, lo que determina que la petición debió ser realizada en la misma audiencia o dentro de las 24 horas siguientes. Por lo tanto, la petición debió ser realizada máximo el sábado 11 de febrero de 2023. Advertimos que la solicitud de la procesada fue ingresada el 13 de febrero de 2023, a las 15:42, es decir, habían transcurrido más de 72 horas desde la audiencia de juicio y la presentación de la petición. La petición fue ingresada fuera del tiempo previsto en la ley y ello determina su improcedencia por no haber sido presentada oportunamente. Sustanciar la petición, en tales circunstancias, implicaría una actuación contraria a las normas procesales que regulan la institución procesal con la finalidad de asegurar el debido proceso, particularmente en la garantía del trámite propio”, sostuvo la Sala.

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El Tribunal aún no ha emitido la resolución de sentencia por escrito, situación que sería esperada por las defensas de los procesados. Esto principalmente porque es necesaria esta notificación para que empiecen a correr los tiempos existentes para que se presenten no solo los recursos de ampliación y aclaración, sino también los recursos de apelación a la sentencia de primer nivel. Inicialmente las once defensas han anunciado la intención de apelar la condena.

Al no existir la sentencia por escrito, por ejemplo, el Tribunal ya negó, por extemporáneo, el recurso de apelación que ya presentó la defensa de Esteban Celi, hermano del excontralor.

Como líderes de la organización fueron condenados el excontralor Pablo Celi y el exgerente Pablo Flores. A los 13 años y cuatro meses de prisión que se les impuso se les sumó el pago a cada uno de una indemnización de $ 250.000, una multa de 150 salarios básicos unificados (SBU) ($ 67.500) y la suspensión de derechos políticos durante el tiempo que dure la sentencia.

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Caso Las Torres: excontralor Pablo Celi y el exgerente de Petroecuador Pablo Flores son condenados a 13 años y cuatro meses de cárcel

Celi y Flores fueron sentenciados como autores de acuerdo al inciso primero del artículo 369 del COIP. El Tribunal dijo: “Tenemos presente la posición institucional de Pablo Celi y Pablo Flores, así como que el aprovechamiento de sus cargos implicó una afectación a la naturaleza institucional de sus funciones. Circunstancias que no solo les permitió tener beneficios indebidos, sino incidir de forma negativa en la institucionalidad del Estado”.

Para los nueve sentenciados como autores, pero en el grado de colaboración, respecto al numeral 2 del artículo 369 que habla de delincuencia organizada, el Tribunal ordenó que pague cada uno de ellos una indemnización de $ 100.000. Del pago de esa indemnización se sacó a Barrezueta. Fiscalía, mediante la presentación de 55 pruebas, demostró que en el escenario de colaboración se ubicó a Natalia Cárdenas, Mauricio Orellana, Esteban Celi, Álvaro de Guzmán, Silvia López, Ángelo Rodríguez, Andrés Luque, Adolfo Agusto Briones y Barrezueta.

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Pese a que estos nueve procesados son señalados como colaboradores, el Tribunal de forma unánime dispuso que al existir la agravante de ser servidores públicos, los exfuncionarios de Petroecuador Cárdenas y Orellana deben recibir una sentencia de nueve años y cuatro meses de prisión y pagar una indemnización de una multa de 30 SBU ($ 13.500), más los $ 100.000 que cada uno debe indemnizar al Estado como víctima.

Finalmente, la Sala definió para Esteban Celi, De Guzmán, López, Rodríguez, Luque y Briones una pena de siete años de cárcel para cada uno, el pago de $ 100.000 de indemnización y una multa de 20 SBU ($ 9.000).

Aparte de los $ 1,3 millones definidos como indemnización total a pagar por diez de los once enjuiciados, en multas el caso Las Torres debe recuperar $ 216.788. (I)