La decisión de la Corte Constitucional de suspender temporalmente la objeción de conciencia a la que podían apelar los médicos para negarse a practicar un aborto en casos de violación en el marco de la Ley Orgánica que Regula la Interrupción Voluntaria del Embarazo en Ecuador divide opiniones de especialistas de la medicina y del derecho, para unos va acorde con lo que dictaminó en la sentencia de 2021 con la que lo despenalizó, mientras para otros atenta contra el derecho personal que tienen los profesionales.