El ministro de Salud, José Ruales, dio a conocer detalles sobre los lineamientos y protocolos que le corresponden a esa cartera de Estado para otorgar los certificados para la tenencia y porte de armas de uso civil para la defensa personal, de acuerdo con el Decreto Ejecutivo 707.

Dos de los requisitos para el porte y tenencia de armas, establecidos en el decreto, disponen que las personas deben contar con un certificado de la prueba psicológica emitido por el Ministerio de Salud Pública (MSP) y asimismo obtener un certificado de superar el examen toxicológico, que determine que la persona no ingiere sustancias sujetas a fiscalización o no es alcohólica, también emitido por el ministerio.

¿Qué requisitos deben cumplirse para obtener permiso de porte de armas y quién lo emite?

Con ese contexto, Ruales explicó en una entrevista con Radio Sucesos, el jueves 6 de abril, que un equipo técnico de salud mental y del área jurídica del MSP se reunió con el Ministerio de Defensa, que tiene seis meses para estructurar la normativa secundaria al decreto.

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Los protocolos se concentran en tres campos, describió el ministro:

  • Certificación psicológica, la cual deberá ser emitida por un psicólogo forense que determine las características de la personalidad del individuo. Esto no será otorgado por un psicólogo general o clínico. Los profesionales que se encarguen de esta tarea deberán ser calificados de acuerdo a una normativa técnica que se está desarrollando.
  • Exámenes toxicológicos para determinar la presencia o no de sustancias sujetas a fiscalización. Esto también tendrá una norma, porque los exámenes deben realizarse en diferentes momentos, con equipos e insumos que se trabajarán con el Instituto Nacional de Salud Pública e Investigación (Inspi).
  • Determinación psiquiátrica, porque también se plantea la revisión de alcoholismo y uso de sustancias. Para ello también se está elaborando una norma técnica.

Seis meses de plazo tienen tres instituciones del Estado para actualizar la normativa correspondiente y el Sistema Informático de Control de Armas

En un tiempo aproximado de seis semanas el MSP espera tener listas las tres normativas que serán puestas en consideración del Ministerio de Defensa para que sean incorporadas en el reglamento final.

Ruales adelantó que “será complejo” el proceso que deberán cumplir las personas naturales para obtener los certificados, debido a que tienen que determinarse todos los resguardos técnicos y de ley.

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Al ser consultado sobre cómo garantizar que la emisión de un certificado será regular y transparente, tomando en cuenta la experiencia de la entrega irregular de carnés de discapacidad, el ministro respondió que en los lineamientos técnicos que ahora se elaboran se contemplan criterios de selección y calificación de los especialistas, así como de las entidades autorizadas.

Tenencia y porte de armas: qué es el Sincoar

En ese sentido, dijo que se deberán crear equipos calificadores, con licencias otorgadas por la autoridad sanitaria nacional y la Agencia de Aseguramiento de la Calidad de los Servicios de Salud y Medicina Prepagada (Acess).

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El Decreto Ejecutivo 707 fijó un plazo máximo de seis meses para que el Ministerio de Defensa, en coordinación con la Secretaría de Seguridad Pública y el Ministerio del Interior, actualice la normativa correspondiente, así como el Sistema Informático de Control de Armas (Sincoar). (I)