La noche de este viernes, 28 de marzo del 2025, quedó en firme la suspensión de los derechos políticos por dos años de Verónica Abad una vez que el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) evacuó el recurso de aclaración y ampliación a la sentencia que puso su defensa.

En primera y segunda instancia se ratificó la responsabilidad de la vicepresidenta por esta infracción electoral muy grave, descrita en el Código de la Democracia. Con el voto de mayoría de los jueces electorales Ivonne Coloma, Ángel Torres Maldonado y Joaquín Viteri (ponente), se dio paso al auto de aclaración y ampliación en el que se concluyó que se expusieron “de manera clara y jurídica los fundamentos” con los que se aplicó la sanción.

Abad fue denunciada por la canciller Gabriela Sommerfeld de haber cometido violencia política de género en su contra. Además de la suspensión de los derechos políticos, Abad debe pagar una multa y pedirle disculpas a Sommerfeld.

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En la resolución aprobada por el voto de mayoría, las medidas adoptadas no implican que la sanción se extienda a otros derechos constitucionales que no sean los de participación.

Los derechos de participación están contemplados en el artículo 61 de la Constitución y son los siguientes:

  • Elegir y ser elegidos.
  • Participar en los asuntos de interés público.
  • Presentar proyectos de iniciativa popular normativa.
  • Ser consultados.
  • Fiscalizar los actos del poder público.
  • Revocar el mandato que hayan conferido a las autoridades de elección popular.
  • Desempeñar empleos y funciones públicas con base en méritos y capacidades, y en un sistema de selección y designación transparente, incluyente, equitativo, pluralista y democrático, que garantice su participación, con criterios de equidad y paridad de género, igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad y participación intergeneracional.
  • Conformar partidos y movimientos políticos, afiliarse o desafiliarse libremente de ellos y participar en todas las decisiones que estos adopten.

El efecto inmediato de la suspensión de sus derechos políticos es que Abad ya no podrá ejercer la Vicepresidencia de la República ni el cargo diplomático en Turquía; tampoco podrá sufragar en los comicios de segunda vuelta del 13 de abril. (I)