Aunque Verónica Abad Rojas dejó de ser vicepresidenta de Ecuador, aún hay un proceso que está en trámite en la Corte Constitucional (CC) en el que ella reclama la posible vulneración de sus derechos; en tanto, un juzgado declaró la afectación a sus derechos.

Luego del acto de posesión del 24 de mayo, María José Pinto abrió las puertas de la Vicepresidencia de la República para arrancar sus funciones, luego de unos 17 meses en que la institución se mantuvo inactiva, en medio de los conflictos entre Daniel Noboa y Verónica Abad.

La exvicepresidenta recurrió a dos acciones de protección en la justicia ordinaria para ejercer su cargo.

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Sobre una de ellas, el 12 de marzo de 2025, un tribunal de alzada de la Sala Penal Anticorrupción de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha aceptó parcialmente un recurso de apelación a una sentencia de primera instancia en una acción de protección que impulsó Abad en contra del Ministerio del Trabajo.

Los jueces declararon la vulneración de los derechos a la seguridad jurídica, al proceso en la garantía de autoridad competente, garantía del juez natural y de los derechos de participación de Abad, por parte de Ruth Espinoza Avilés, que como directora de Recursos y Sumarios Administrativos del Ministerio del Trabajo le abrió un sumario administrativo.

Como medida de reparación, el tribunal —integrado por los jueces Byron Uzcátegui, Silvana Velasco y Wiler Choez— dejó sin efecto el auto de inicio del sumario administrativo.

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Este fallo devino en contra de un sumario que abrió el Ministerio del Trabajo el 16 de septiembre de 2024, en el que se acusaba a Abad de no haberse presentado en la Embajada de Ecuador en Israel antes del 1 de septiembre de ese año, sino que lo hizo el 9 de ese mes.

Según los registros oficiales, la Corte Constitucional (CC) habría escogido esta sentencia para dictar jurisprudencia.

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Así también, el tribunal negó el pedido del ministerio para que se declare error inexcusable a la jueza Gloria Mayorga, que trató la acción en primera instancia.

Actualmente, Verónica Abad no goza de sus derechos de participación (desde el 28 de marzo de 2025), cuando el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) la declaró responsable de haber ejercido violencia política de género en contra de la ministra de Relaciones Exteriores, Gabriela Sommerfeld, que es la denunciante.

No podrá asumir un cargo público ni participar en procesos electorales por los siguientes dos años, además de otras prohibiciones y el pago de una multa.

Recientemente, dos días antes de la posesión de Daniel Noboa y María José Pinto, este 22 de mayo, el tribunal de la Sala Contencioso Administrativo de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, con un voto dividido, aceptó un recurso de apelación interpuesto por el Ministerio del Trabajo, pero en el caso que trató la jueza Nubia Vera Cedeño.

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El 8 de noviembre de 2024, el ministerio concluyó que Abad incumplió la Ley Orgánica de Servicio Público y la suspendió del cargo por 150 días, por lo que la afectada recurrió a una acción de protección.

La tramitó la mencionada jueza de la Unidad Judicial de la Niñez de Quito, Nubia Vera, quien aceptó el recurso, declaró la vulneración de los derechos de la accionante y dictó medidas de reparación, como una disculpa pública en cadena nacional de medios, la colocación de una placa en la pared del ministerio, entre otras acciones más.

El ministerio apeló y el tribunal, compuesto por los jueces Santiago Galarza, Guadalupe Narváez y Santiago Andrade, tuvo un fallo dividido.

Galarza y Andrade aceptaron el recurso de apelación de la cartera de Estado y se “revocó” el pronunciamiento de Nubia Vera del 10 de enero de 2025.

Adicionalmente, se rechazó la demanda de Abad por improcedente.

La jueza Narváez emitió un voto salvado (en contra de la sentencia de mayoría).

Con ello, lo dictado por Nubia Vera, que además enfrenta una demanda por calumnia del presidente del Consejo de la Judicatura (CJ), Mario Godoy, quedaría sin efecto.

En tanto, en la Corte Constitucional hay un caso en análisis.

Verónica Abad interpuso una acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia del Tribunal Contencioso Electoral, que le suspendió los derechos políticos por violencia política.

Tras el sorteo, el caso recayó para su análisis en el despacho del juez José Luis Terán, quien elaborará un proyecto de sentencia para tratamiento del pleno. (I)