En un operativo desplegado en Santo Domingo, las Fuerzas Armadas capturaron a dos presuntos miembros de la organización R7, que el Gobierno ha catalogado como terrorista.

Los dos sujetos fueron capturados durante allanamientos realizados en el sector Plan Vivienda.

Según las FF. AA., en ese sitió se decomisaron una pistola, 6 municiones, 200 sobres de sustancias sujetas a calificación y un chaleco antibalas.

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Además, los militares y policías recuperaron dos motos que habían sido reportadas como robadas.

Los capturados serán puestos a órdenes de las autoridades judiciales para la formulación de cargos.

Hasta la noche de ayer, 143 personas habían sido capturadas por actos ligados a terrorismo.

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El artículo 366 del COIP establece que incurre en delito de terrorismo “la persona que individualmente o formando asociaciones armadas, provoque o mantenga en estado de terror a la población o a un sector de ella, mediante actos que pongan en peligro la vida, la integridad física o la libertad de las personas o pongan en peligro las edificaciones, medios de comunicación, transporte, valiéndose de medios capaces de causar estragos”.

El delito de terrorismo tipificado en el artículo 366 se sanciona con pena privativa de libertad de diez a trece años. Pero los años pueden subir dependiendo de los agravantes.

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Cuando por el cometimiento de la infracción se produzca la muerte de una o más personas, será sancionada con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años. Cuando se cometa desde o en centros de privación de libertad se aplicará la pena máxima que corresponda añadida en un tercio. (I)