La pena máxima agravada de 29 años 8 meses de cárcel recibieron los hermanos Rony Marcelo y Luis Darwin M. C. al ser declarados como autores directos de violación.

Según la Fiscalía, el hecho ocurrió el 26 de noviembre de 2023 en la parroquia San Luis en Riobamba, provincia de Chimborazo.

Un sujeto fue condenado a 22 años de cárcel por violar a su hijo

Los sentenciados y la víctima se encontraban en el interior de un estadio. La agraviada se dirigió al baño e ingresó a un invernadero, donde fue interceptada por Rony Marcelo M. C.

Publicidad

Entonces –a la fuerza y con amenazas– cometió el delito, mientras que Luis Darwin M. C., –que se unió a la ejecución del ultraje– vigilaba que nadie se acerque, en tanto la golpeaba para que dejara de pedir ayuda.

Sin embargo, la comunidad escuchó los llamados de auxilio de la adolescente. Rony Marcelo M. C. fue capturado en una cantina y entregado a los agentes de la Policía que acudieron al lugar.

Mientras que su hermano, Luis Darwin M. C. logró escapar, pero meses después fue localizado en Guayaquil.

Publicidad

Un sujeto habría ofrecido dulces a una niña para abusar sexualmente de ella, en Zamora Chinchipe

En la audiencia de juzgamiento, el fiscal de la Unidad de Violencia de Género presentó como principales pruebas el testimonio anticipado de la víctima, en el que identificó a sus agresores y narró la forma en que ocurrieron los hechos y los testimonios de la madre y vecinos, los que fueron concordantes con el relato de la agraviada.

También se expuso el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y los resultados de los exámenes médico-legales practicados a la víctima.

Publicidad

Todas las pruebas fueron analizadas por un tribunal, que según la Fiscalía, concluyó que el delito existió y que los responsables fueron los procesados por la Fiscalía, imponiéndoles la pena máxima determinada para ese tipo de infracción.

Sentencian a 22 años de cárcel a implicado en la violación de una niña de 6 años

Los hermanos fueron sentenciados con base en el artículo 171, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal, que sanciona el delito de violación con privación de libertad de 19 a 22 años.

En este caso, la pena se incrementó porque los jueces consideraron circunstancias agravantes de la infracción.

Aún falta por conocer los montos por multa y reparación integral que deberán ser cancelados por los sentenciados. (I)

Publicidad