El presidente Daniel Noboa expidió este martes, 2 de julio, un nuevo estado de excepción para las provincias de Guayas, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena, El Oro y el cantón Camilo Ponce Enríquez de la provincia de Azuay.

El argumento del mandatario es grave conmoción interna y conflicto armado interno, este último ya contemplado en otro decreto en abril del 2024.

‘No nos podemos quedar de brazos cruzados, tenemos otras alternativas’, señaló la ministra Mónica Palencia ante la inconstitucionalidad del estado de excepción

La Corte Constitucional (CC) había declarado inconstitucional el Decreto Ejecutivo 275, que disponía el estado de excepción en varias provincias del país por la persistencia de un conflicto interno armado.

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Así lo resolvió la entidad por voto de mayoría y con el voto salvado de la jueza Carmen Corral el pasado jueves, 13 de junio.

El artículo 1 del nuevo decreto establece que hay incremento de hostilidades, cometimientos de delitos e intensidad de la presencia prolongada de grupos armados organizados en esas localidades.

En esas provincias se suspende el derecho a la inviolabilidad de domicilio que consistirá en la realización de inspecciones, allanamientos y las requisas correspondientes por parte de Fuerzas Armadas y la Policía Nacional para la ubicación, registro de lugares destinados a ocultarse las personas que pertenecen a grupos armados organizados.

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También se suspenden los derechos a la inviolabilidad de correspondencia, de asociación y de reunión.

Corte Constitucional declaró inconstitucional el estado de excepción emitido en provincias de Ecuador

Se disponen, también, las requisiciones de bienes a las que haya lugar para mantener la soberanía y la integridad. Además, que se mantengan la movilización e intervención de Fuerzas Armadas y Policía.

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Para justificar el nuevo estado de excepción –en los considerandos– se adjuntaron cifras sobre homicidios intencionales, tipo de arma utilizada, de violencia dirigida a menores de edad, tipo de violencia usada para los homicidios y también se citan casos judiciales de connotación como Metástasis, Purga, Plaga.

El estado de excepción tendrá una vigencia de 60 días. Esto, según el documento, para contar con el tiempo adecuado para que Fuerzas Armadas mantengan la soberanía y la integridad del Estado y la Policía Nacional en seguridad ciudadana, protección interna y orden público.

Según la Presidencia de la República, el documento cuenta con el respaldo de la Asociación Mundial de Juristas, que elaboró un informe que concluyó que se ajusta al marco constitucional. (I)