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Un nuevo escenario con adolescentes involucrados en delitos graves: ¿son necesarias reformas para sanciones mayores?

En Manabí dos juristas discrepan de sancionar como adultos a menores de edad involucrados en delitos penales.

La semana pasada, un adolescente fue implicado en el asesinato del fiscal Édgar Escobar. Foto: API

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Actualizado el 

Hace una semana, el fiscal Édgar Escobar fue asesinado en pleno centro de Guayaquil, frente al edificio de la Fiscalía del Guayas.

Una persecución permitió minutos después capturar a los dos presuntos involucrados en el sicariatio. Uno de ellos resultó ser un adolescente de 16 años.

Un juez dictó prisión preventiva para Samuel Ch., de 19 años, por el delito de sicariato; mientras que el menor Christian Stevan D. B., de 16 años, estará en internamiento preventivo.

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Víctor Zárate, comandante de la Zona 9 , en una entrevista con este Diario, señala que hay jóvenes de 15, 16 y 17 años que son reclutados por las bandas para ser sicarios; y, como son inimputables, a los meses ya salen en libertad.

El involucramiento de adolescentes en sicariatos, secuestros y hasta femicidios es cada vez más inquietante. En los dos últimos años, hay varios casos en los que menores han estado involucrados en delitos graves.

Y esto poco a poco se está registrando en otras partes del país. Por ejemplo, en agosto pasado, un adolescente de Azuay fue sentenciado a cuatro años de cárcel y a pagar $ 1.000 como reparación integral por el delito de femicidio.

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Si hubiera sido mayor de 18 años, habría enfrentado una pena de entre 22 y 26 años de cárcel; pero, como tiene 16, la medida de amonestación e internamiento institucional va de cuatro a ocho años.

Para el abogado en libre ejercicio Braulio Álvarez, todo parte del marco jurídico actual, que es “demasiado garantista” y les otorga una serie de derechos a los menores de edad no solo en lo penal, sino también en aspectos laborales y educativos; pero lo que no les da, desde su perspectiva, son responsabilidades.

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A su criterio, es necesario debatir sobre la reformas al Código Penal y el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia para establecer esas responsabilidades penales desde los 12 años de edad para casos extremos y graves. Aclara que no deberán ser de la misma magnitud que las de los adultos, pero sin duda habrá que endurecerlas.

Adolescente de 16 años es el principal sospechoso de disparar el arma con la que habría sido asesinado el fiscal Édgar Escobar

Pero esto no es un camino fácil, porque Ecuador es adherente a varios tratados internacionales por los que se compromete a aplicar sanciones menos drásticas a los adolescentes. También comenta que, en la práctica diaria de su ejercicio, ha conocido casos de jueces sobreprotectores que pocas veces piden el internamiento en el Centro de Adolescentes Infractores y solo dictan medidas socioeducativas.

Para el constitucionalista manabita Roosevelt Cedeño, en el caso de pretender hacer reformas a las sanciones penales sobre menores de edad que cometan delitos, hay que considerar su entorno social, pues la Constitución establece el principio superior de los menores, esto es, niños y adolescentes, el cual prevalece.

Considera que el Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece penas menores a estas personas porque se entiende que no tienen un nivel cognitivo o nivel de formación de su personalidad que las haga tomar decisiones que las puedan afectar de por vida, e incluso esa es la concepción que se tiene bajo un estándar latinoamericano de protección de un sector como los menores, a quienes se considera vulnerables en la sociedad.

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Agrega que hacer una reforma por un hecho como el sucedido el pasado lunes contra un fiscal, situación que lamentó por la pérdida de una vida valiosa, habría que meditarlo mucho por todo lo que está en juego.

“Hay jóvenes de 15, 16 y 17 años reclutados por las bandas para ser sicarios, como son inimputables a los meses ya salen en libertad”, dice comandante de la Zona 8, Víctor Zárate

“Existen Estados que establecen ciertas excepciones, lo que podría ser el camino de Ecuador, cuando las conductas rebasan un determinado estándar de comportamiento de menores, niños o adolescentes, y ya tienen una conducta atribuible a una persona mayor quizás, (para que) excepcionalmente puedan ser juzgados como adultos”, reconoció Cedeño.

Dijo que endurecer la pena es como la tendencia natural inicial, pero considera que hay que meditarlo y reflexionar bien.

Édgar Escobar, el fiscal asesinado en el centro de Guayaquil, manejaba casos de narcotráfico y asesinatos que conmocionaron a Ecuador

El también penalista y actual presidente del Colegio de Abogados de Manabí, Adolfo Castro, considera que sí debe hacerse una reforma al COIP, pues señala que la sanción actual contra un menor asociado a hechos atroces, como un sicariato, es mínima.

Agrega que un menor de edad, de al menos 15 años, en el momento de asesinar o secuestrar a una persona sabe lo que está haciendo, y debe ser sancionado con el rigor de la ley; porque, si no, lo que va a suceder es que las organizaciones criminales utilicen a menores para cometer este tipo de actos.

“Toda persona mayor a 15 años que cometa un delito que tiene que ver con atentar contra la vida de otras personas, que genere lesiones permanentes, o sea asesinato, sicariato, secuestro o tráfico de drogas a gran escala, deberá ser sentenciado como si fuera un adulto”, sostiene Castro.

Recordó que un joven de 15 años ya sabe lo que es bueno y malo, y además la Corte Constitucional les da el permiso para que tengan relaciones sexuales. (I)

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