Con más de 25 años de haber laborado, en el 2011 me acogí a la jubilación pensando que tenía derecho a percibir una renta mensual como pensión jubilar de parte del IESS, así como una pensión complementaria de parte de la Universidad de Guayaquil, en la que yo trabajé. Según lo resuelto en la sentencia constitucional n.° 0015–12–IS, dentro del proceso 0980120140108, se reconoció, con efecto inter comunis, como beneficiarios de este derecho, a todos los jubilados de la Universidad de Guayaquil, tanto docentes como administrativos que justifiquen haber laborado por más de 25 años en esta institución.

A los jubilados, la universidad a partir de diciembre de 2021 les suspendió la pensión complementaria, aduciendo que la decisión se debía a una resolución de la Corte Constitucional (en el auto de verificación de cumplimiento n.° 15–12–IS21, causa 15–12–IS y acumulados, emitido el 10 de noviembre de 2021), pretendiendo retrotraer un legítimo derecho reconocido a los jubilados; lo cual es una violación a los principios consagrados en el artículo 11 de la Constitución del Ecuador, numerales 5 y 8 inciso segundo que señalan que en materia de derechos y garantías constitucionales los servidores públicos, administrativos o judiciales deberán aplicar la norma y la interpretación que más favorezca a sus efectivas vigencias. Y que será inconstitucional cualquier acción u omisión de carácter regresivo que disminuya o menoscabe o anule, injustificadamente, el ejercicio de los derechos. El rectorado de dicha universidad del Estado, mal interpretó lo decidido por la Corte Constitucional, que en ninguna parte ordena suspender el pago de la pensión complementaria. Esto nos está afectando, algunos jubilados sufrimos enfermedades catastróficas; el dinero que recibíamos nos ayudaba a pagar gastos de medicinas. (O)

Segundo Salvador Cruz Cevallos, abogado, jubilado, Guayaquil