En el contexto jurídico ecuatoriano, la categoría de grupos vulnerables busca proteger a aquellos que, debido a condiciones sociales, económicas o estructurales, enfrentan mayores riesgos de exclusión, abuso o discriminación. Uno de estos grupos, según las leyes y doctrinas internacionales, incluye a las mujeres, quienes históricamente han sufrido desigualdades que han impactado su seguridad, autonomía y desarrollo. Sin embargo, esta protección necesaria en muchos casos puede dar lugar a un desafío ético y legal cuando es utilizada de manera injusta para arremeter contra otras personas, particularmente los hombres, pero también a hijos dentro de matrimonios que son profundamente afectados por este tipo de indisposición del padre.

La era ‘girl boss’ no es sostenible en 2025

Como abogado he sido testigo de un fenómeno que merece reflexión: hombres acusados injustamente en casos matrimoniales y domésticos, donde la presunta vulnerabilidad de las mujeres se traduce en decisiones judiciales favorables hacia ellas sin el debido análisis de los hechos. Este panorama plantea interrogantes sobre cómo la interpretación de las leyes puede, inadvertidamente, generar desigualdad en su aplicación.

Las denuncias infundadas, aunque no representan la mayoría, tienen un impacto significativo. Hombres que no han cometido ninguna acción reprochable se encuentran enfrentando procesos legales que no solo dañan su reputación, sino que también afectan su bienestar emocional y económico. Esta situación pone en relieve la necesidad de un sistema judicial que pueda evaluar con imparcialidad cada caso, sin caer en prejuicios ni en presunciones automáticas sobre quién es la víctima o el agresor.

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Después de las elecciones, ¿ahora qué?

Desde una perspectiva doctrinal, es fundamental revisar el principio de proporcionalidad y justicia en la interpretación de las normativas que rigen estos casos. Santo Tomás de Aquino, en su obra sobre la ética y la justicia, afirmaba que “la justicia es dar a cada uno lo que le corresponde, según su mérito y necesidad”. Bajo esta premisa, el sistema judicial ecuatoriano debe garantizar que la protección a los grupos vulnerables no se traduzca en una vulneración de derechos para otros, promoviendo un equilibrio que respete la dignidad de todas las partes involucradas.

Además, la Asamblea Nacional y los juzgados del país están llamados a evaluar la manera en que estas leyes se aplican en casos específicos, fomentando un debate constructivo y basado en evidencia.

Sin educación no hay paz ni libertad

Este artículo no busca deslegitimar las necesidades de protección hacia las mujeres, sino más bien recalcar la importancia de evitar abusos en el ejercicio de sus derechos. La reflexión y el diálogo son herramientas poderosas para mejorar nuestro sistema judicial y construir un Ecuador más justo, donde la balanza de la justicia no se incline arbitrariamente hacia un lado, sino que se sostenga en el equilibrio para evitar desigualdades de ambos lados. (O)

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Javier De Jesús Barragán R., abogado, Guayaquil