En la mesa de diálogo denominada Derechos colectivos (educación intercultural bilingüe) se suscribió un acta el 21 de septiembre a través de la cual el Gobierno nacional acordó transferir la competencia absoluta, con plena independencia administrativa, técnica y financiera que tenía el Ministerio de Educación, a favor de la Secretaria de Educación Intercultural Bilingüe y Etnoeducación. Es más, la demanda n.º 1 que fue aceptada por el Gobierno no solo fue la de garantizar el ejercicio de la autonomía completa, orgánica y política de este sistema, sino que llegó a establecer una transferencia de valores referenciales que superarían los ciento treinta millones de dólares.

Gobierno ofrece al movimiento indígena que dará autonomía a la Secretaría de Educación Intercultural Bilingüe

No obstante lo firmado, este ofrecimiento parecería contradecir de manera transversal tanto la Constitución de la República como la Ley de Educación Intercultural, que establecen con absoluta claridad que el Gobierno central tiene competencia exclusiva sobre las políticas de educación a través del Ministerio de Educación; así como que el Sistema de Educación Intercultural Bilingüe y la Etnoeducación son parte del Sistema Nacional de Educación como instancia desconcentrada y no autónoma, conforme lo establece con claridad la ley promulgada durante el correato, tal como lo refería este Diario hace doce años aproximadamente.

Sistema bilingüe dejó su autonomía

Dicho lo anterior, está claro que esta autonomía que se pregona debe ser instrumentada de forma previa por una reforma a la Ley de Educación Intercultural (LEI) y sus respectivos reglamentos; y luego, con la suscripción de sendos convenios de concurrencia en la competencia de elaboración de políticas públicas en materia de educación intercultural, ya que por más buenas intenciones que tengan ambas partes de transferir todas las competencias a la Secretaría de Educación Intercultural Bilingüe, lo cierto es que ni nuestra Constitución ni el Cootad permiten transferir la rectoría en políticas públicas de educación intercultural bilingüe a favor de los GAD, y mucho menos a una Secretaría, al tratarse de competencias exclusivas del Gobierno central. Al efecto, solo por poner un ejemplo, la malla curricular del Sistema de Educación Intercultural Bilingüe y la Etnoeducación se debe desarrollar en el marco del modelo vigente, en concordancia con el currículo nacional.

Y esto de la malla curricular no es poca cosa. Si vemos lo que se estableció en la demanda n.º 3, el Gobierno ha aceptado rediseñar los currículos de este sistema, para luego dejar en manos de cada pueblo o nacionalidad el rediseño de su malla curricular, la que será “vinculante”. Yo pregunto: ¿será que se permitirá en estos currículos consagrar los postulados que Leonidas Iza defiende en su libro: Estallido. La rebelión de octubre en Ecuador?

En definitiva, si bien lo suscrito debería respetarse y concretarse, bajo ciertas modulaciones necesarias, lo cierto es que falta mucho camino por recorrer para llegar a esta ansiada autonomía, que de verificarse sería realmente configurar una instancia federal en materia educativa intercultural bilingüe. Algo inédito en la historia unitaria centralista del Ecuador. (O)