El 7 de diciembre de 2023, el embajador de Estados Unidos en Ecuador, Michael Fitzpatrick, señaló contundentemente que en el país “hay testaferros que lavan dinero de corruptos y narcotraficantes en bancos, empresas, medios y equipos de fútbol. (Los criminales) están lavando su plata, por supuesto, en los bienes reales, en cuentas bancarias, en empresas ficticias”. A la vez, la noche del miércoles 13 y la mañana del jueves 14 de diciembre de 2023, de forma valiente la Dra. Diana Salazar, fiscal general del Estado (FGE), ejecutó sesenta y cinco allanamientos simultáneos en algunas provincias del país y detuvo a varias personas (jueces, fiscales, policías, etc.), según la FGE, esto se investigó luego de la muerte de una persona considerada como principal narcotraficante.

La normalización de lo insólito

Entonces, cobra gran importancia que los organismos de control (obligados por Ley), superintendencias de Bancos (SB), de Economía Popular y Solidaria (SEPS), de Compañías, Valores y Seguros (SCVS), apliquen procedimientos basados en las mejores prácticas, especialmente las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y la Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiamiento de Delitos (LAFDT), como el terrorismo (ARLAFDT) en sus procesos de control.

La SB, basada en el art. 244 del COMF, elaboró e implementó normas sobre ARLAFDT entre 2020 y julio 2022, relativas a procedimientos técnicos con la asistencia técnica del Departamento del Tesoro Americano, buscando que los bancos cuenten con una estructura organizacional, políticas, procesos, reportes, auditoría, tecnología, cultura organizacional y capacitación adecuados, que les permita detectar, identificar y prevenir ser utilizados en el cometimiento del delito de lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo. Además, la SB para fortalecer sus acciones en la lucha contra el LAFDT suscribió el 17 de septiembre de 2021 un convenio interinstitucional con la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) para intercambio de información, adicionalmente trabajó estrechamente con la FGE.

La madre de todas las batallas

En el país, el LAFDT suele asociarse al desarrollo de actividades financieras, como la captación de dinero por parte de personas naturales y jurídicas no autorizadas por los organismos de control como lo dispone el art. 254 del COMF. A la vez los arts. 274, 275 y 276 del COMF, con el objetivo de proteger los intereses de los ciudadanos, exigen a las superintendencias (SB, SEPS y SCVS) inspeccionar, sancionar, notificar (o denunciar) a la FGE y UAFE. Por estas disposiciones la SB, entre mayo 2019 y julio 2022, realizó 149 alertas a la ciudadanía sobre personas no autorizadas, efectuó y publicó cerca de 190 denuncias a la FGE; de este último procedimiento, revisada la página web de la SB, no se encuentran reportes desde agosto de 2022 a la fecha.

La ciudadanía para su protección debe contar con información de fuentes autorizadas como son los organismos de control, entidades que deben profundizar su política de transparencia contribuyendo eficazmente a combatir la corrupción, el lavado de activos y financiamiento del terrorismo; y las acciones de la FGE. (O)