Los aligatóridos son un género de reptiles que pertenece al orden de los cocodrilos. El aligátor, una bestia poderosa de hasta 6 metros de largo, solo habita en Estados Unidos. De la misma familia son los caimanes de los que hay por lo menos cinco especies exclusivamente latinoamericanas, son más pequeños, los ejemplares más grandes tienen cerca de 4 metros. No son animales particularmente agresivos y no han de confundirse con el cocodrilo agudo, que habita desde el norte de la costa peruana hasta Cuba y México, incluida la costa ecuatoriana en la que antes fue muy abundante. Este tiene mal genio, pero no llega a ser particularmente peligroso y convive con el gran aligátor del Mississippi en una zona del sur de Florida. Parece que una de las especies prefiere aguas salobres, mientras que la otra se decanta por el agua dulce.
Sucede que justamente en esa zona que habitan estos bellos monstruos, alguien tuvo la idea primaria y perversa de montar una cárcel no para avezados criminales, sino para migrantes ilegales, que seguramente han quebrantado normas migratorias, pero sobre los que no se puede ejercer medidas denigrantes y peligrosas. En el continente hemos protestado contra la brutalidad de los penales cubanos y venezolanos, ahora resulta que el país que ha sido un faro de democracia y respeto al derecho quiere ganar la carrera a las dictaduras al montar la prisión más inhumana del hemisferio. Clima húmedo, suelo pantanoso, nubes de mosquitos y otros insectos, ciénegas que patrullan cocodrilos, aligátores y serpientes pitón importadas.
Ya se explicó que la pena de muerte es éticamente inaceptable. Los mismos conceptos pueden aplicarse a la tortura. Los Estados no tienen más derechos que los que los individuos quieran cederles. Los seres humanos tenemos derecho a la defensa propia, pero en el sitio y momento del intento criminal, no podemos ir a la casa de un presunto criminal una semana después a “defendernos” majándole el cráneo a mazazos. Tampoco con igual propósito podemos sentarlo en un panal de avispas para “castigarlo” al año siguiente. Permitir este ejercicio de la venganza lanzaría por la borda el orden social. Entonces si las personas no tienen estas atribuciones mal se las puede trasladar a los Estados y otras ficciones institucionales. Tortura no es solo la picana y la porra, sino todo procedimiento infamante, como la prisión en condiciones insalubres.
Los propósitos del castigo penal deben ser los siguientes. Primero, el escarmiento ejemplar, lo suficientemente fuerte y desagradable como para que nadie desee sufrirlo. Segundo, la rehabilitación, a quien quiera reintegrarse a la sociedad puede dársele una oportunidad, por eso en una prisión normal no puede producirse una quiebra moral o psicológica en los penados. Y tercero, aislar a individuos peligrosos y a los criminales irrecuperables. Las cárceles no pueden ser lugares de esparcimiento ni campamentos vacacionales, pero tampoco espacios degradantes o peligrosos. Si el Estado es, como se supone, la autoridad suprema, debe mostrar que lo es legítimamente, estableciendo en estas instalaciones un orden severo pero humano. Bueno, hay personas distintas, pero no están en derecho. (O)