Para las elecciones del 2021 las organizaciones políticas ecuatorianas, a pesar de no estar contemplada legalmente como propaganda electoral optaron por las redes sociales a través del internet, desplazando en gran medida a los otros medios tradicionales. En el 2022 se incorporó a las redes sociales.

El límite del gasto electoral presidencial para 2023 está fijado por el Consejo Nacional Electoral en $ 5′380.018. El 50 % la organización política, el 10 % el candidato y el 5 % por aportante. El Fondo de Promoción Electoral, establecido en el art. 115 de la Constitución, proporciona a los partidos políticos el 15 %, para medios de comunicación, prensa, radio, televisión y vallas publicitarias, siendo la publicidad electoral privativa de las organizaciones políticas. No pueden pautarlas personas naturales o jurídicas individualmente y si lo hacen deben registrarse en el CNE.

El reglamento del gasto electoral tiene como objetivo evitar casos de corrupción al verificar el origen, uso y monto de los recursos utilizados en propaganda. Obliga a las candidaturas y organizaciones a presentar los costos de publicidad en redes sociales. No contempla la regulación del porcentaje destinado a estas, ni tampoco norma la promoción y divulgación de contenidos en redes sociales.

Según un estudio efectuado del gasto en Twiter e Instagram, en 2021, tan solo en la segunda vuelta, dos de las principales organizaciones utilizaron un equivalente al 50 % del límite del gasto electoral: una con 68 % y otra con 55 % (Grupo FARO Org.) y se estima que para las presentes elecciones presidenciales, adicionando la red social TikTok, las organizaciones políticas superarán estos porcentajes.

Según el BID, “...las investigaciones revelan que la gente es más susceptible a la desinformación cuando la confianza en el sistema político es baja y la polarización política es alta...”. Como resultado en Ecuador el combate electoral no tiene límites en las redes sociales. Producen noticias falsas, publicaciones virales, lenguaje provocativo e incivilidad, que se han convertido en sinónimos del uso de las redes sociales en las elecciones. Encuestas sesgadas, ‘memes’ denigrantes, los ejércitos de troles, especialistas que manipulan recíprocamente el mensaje electoral y lo contaminan con un discurso de odio, escondido en la máscara del anonimato, ajenas al imperativo silencio electoral.

En las encuestas del Latinobarómetro la fracción de quienes creen que las redes sociales no sirven a la democracia ha pasado del 30 % en 2015 al 40 % en 2020. Las publicaciones en ellas, aunque sean ciertas, suelen avivar en sus destinatarios emociones de ira, miedo, desconfianza.

El derecho a la libertad de expresión, aun en redes, al no ser absoluto, puede ser limitado en la medida que se protejan otros derechos (Corte Constitucional. Sentencia 785-20-JP/22). Sin embargo, la presidenta el Consejo Nacional Electoral en días pasados, contradictoriamente, declaró su incapacidad respecto al control y fiscalización acerca del gasto electoral en las redes sociales en acatamiento, sin citarla, a otra permisiva sentencia de la misma Corte. (O)