Un río en Ecuador fue declarado sujeto de derecho y se trata del afluente Alambi, ubicado en la provincia de Pichincha.

Esta declaratoria sobre la vulneración de derechos del río y de los accionantes se realizó tras el fallo de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, con sede en Carcelén, Quito, durante la primera instancia del proceso que lleva el colectivo Vecinos Defensores del río Alambi en contra del proyecto hidroeléctrico La Maravilla.

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Según el colectivo, la sentencia demuestra que la empresa no realizó la consulta ambiental, obligatoria establecida en la Constitución. Y, además, indica que se desconoce el impacto que pueda causar el proyecto hidroeléctrico al afluente en términos de contaminación y cambio climático.

Pero ¿qué significa que un río sea declarado sujeto de derecho? De acuerdo con Édison Ortiz, presidente del colectivo Vecinos Defensores del río Alambi y habitante de la zona, esta resolución significa que todo cambio positivo o negativo dentro del territorio debe ser consultado por la población.

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“Si es que usted quiere hacer un proyecto en este río, debe consultar a la población, contarle qué va a hacer y después qué efectos va a tener, tanto los positivos como los negativos. Es una forma de comprometerse”, explica Ortiz.

Este proceso se inició en 2018 cuando la comunidad se enteró de que se iba a construir un proyecto hidroeléctrico.

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“Nos llamó la atención que tengan un permiso de construcción sin que nosotros sepamos en detalle del proyecto y de la afectación que podría tener. No se habían tomado precauciones respecto a la afectación al río Alambi”, señala el vocero del colectivo.

Ortiz conversó con la comunidad y fue a la Defensoría del Pueblo, que exhortó a no empezar con la obra y realizar un estudio ambiental.

“La Defensoría del Pueblo hizo la inspección y exhortó, pero no tuvieron la fuerza legal para hacer algo”, dice Ortiz, quien asegura que no llegaron a un acuerdo con la empresa y defendieron su territorio.

Después de cuatro años, cuenta Ortiz, logró reunir a todos los habitantes que viven cerca y un poco lejos del río.

“Nos dimos cuenta de que la empresa no iba a descansar y consultamos a abogados. En diciembre de 2022 la comunidad, ya más preocupada, nos pusimos de acuerdo en crear el colectivo con el fin de dejar preparado el campo”, relata.

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Luego de esa batalla, el colectivo tuvo un fallo favorable en primera instancia. E incluso se dejó sin efecto el Registro Ambiental de 2020, obtenido de manera telemática. Y se dispuso la realización de un estudio integral sobre el estado del río Alambi.

Así también, se pidió que el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica inicie un proceso para declarar área protegida al afluente y auditar el aprovechamiento del río de acuerdo con la normativa y jurisprudencia.

“Nosotros vamos a ser veedores constantes de cosas que se quieran hacer”, menciona Ortiz, y agrega que con el proyecto se pretendía reducir en 90 % el cauce del río.

El río Alambi tiene una extensión aproximada de 50 kilómetros, según Ortiz, y cerca viven unas 40 familias, lo que representa unas 200 personas tanto en la parroquia Nanegalito y Nanegal; ambas tienen acceso al afluente.

El colectivo Vecinos Defensores del río Alambi afirma que seguirá en su lucha de proteger uno de los ríos más importantes del Chocó Andino, reserva natural que estaría en riesgo por la minería.

En el Chocó existen 72 atractivos turísticos, de los cuales 25 son manifestaciones culturales y 47 sitios naturales. Y también hay negocios que comercializan más de 100 productos orgánicos como panela, cacao, frutas tropicales, lácteos, palmito, café orgánico.

Los pobladores en el Chocó han logrado que se declare en este sector a cuatro áreas protegidas municipales (Pachijal, Mashpi, Yunguilla y Camino de los Yumbos) y el Corredor Ecológico del Oso Andino. (I)