En Ecuador existen tres tipos de licencias no profesionales, es decir, que las personas no requieren de requisitos adicionales ni están destinadas para una operación comercial.

Una de estas es la licencia A, destinada para la conducción de ciclomotores, motocicletas, tricar y cuadrones.

Cómo obtener o renovar la licencia de conducir en Ecuador

En junio del año pasado, la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) aprobó el “Reglamento que norma la capacidad permitida de personas que se transportan en motocicletas dentro del territorio nacional”. Con esta normativa se limitó a una persona la circulación en motocicleta, con algunas excepciones:

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  • Cónyuge o conviviente en unión de hecho
  • Hijos o hermanos
  • Personas con discapacidad
  • Adultos mayores
  • Mujeres
  • Menores de 12 años

La entidad ha especificado que para obtener este tipo de licencia es necesario contar con educación general básica y la vigencia del documento es de cinco años. Estos son los requisitos que se deben cumplir para su obtención:

  • Certificado de conductor no profesional tipo A, emitido por una escuela de capacitación para conductores no profesionales autorizadas por la ANT.
  • Original del acta de grado del curso.
  • Original del permiso de aprendizaje.
  • Original del resultado del examen psicosensométrico, aprobado.
  • Original de la cédula de identidad y/o ciudadanía.
  • Original del certificado o carné de tipo sanguíneo extendido por la Cruz Roja Ecuatoriana.
  • En caso de ser persona natural extranjero deberá presentar el certificado de haber culminado la educación básica, el mismo que deberá ser apostillado, traducido al español y notarizado.

En Guayaquil, desde el 12 de enero se sanciona con $ 450 a los conductores que no porten las placas de identificación en sus vehículos. En el caso de los motociclistas requieren que en sus cascos se encuentre la placa vehicular de la respectiva moto.

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El Código Orgánico Integral Penal sanciona con una multa de dos salarios básicos unificados ($ 900), reducción de 10 puntos en la licencia y retención del vehículo por 7 días a quien “conduzca un vehículo con una licencia de categoría diferente a la exigible para el tipo de vehículo que conduce”.

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La Agencia de Tránsito y Movilidad (ATM) de Guayaquil especificó que hay un vacío legal en la sanción ya que esta contempla la categoría del documento. En la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial se establece que las categorías son No profesionales, Profesionales y Especiales; las licencias tipo A y B son de la misma categoría.

“En caso de un accidente, un juez puede tomar como agravante que una persona de licencia tipo A esté conduciendo un automóvil”, añadió la ATM.

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Por su parte, la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) ha señalado que para conducir una moto es necesario contar con una licencia tipo A.

Pasos para sacar la licencia tipo A:

  • Generar una orden de pago.
  • Pagar el valor del trámite con la orden de pago.
  • Una vez realizado el pago, obtener un turno para la emisión de licencia.
  • Acercarse a la agencia que consta en tu turno, 15 minutos antes de la hora asignada.
  • Esperar que llamen a tu turno y entregar los documentos que constan en los requisitos.
  • Realizar la evaluación teórica.
  • Esperar la entrega de tu licencia.

¿Cuál es la normativa que deben cumplir los motociclistas?

La Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial establece prohibiciones para aquellos que tienen licencia A. En el artículo 204B se prohíbe:

  • Sujetarse a otro vehículo que transite por la vía pública o viajar cerca de otro carruaje de mayor tamaño que lo oculte de la vista de los conductores que transiten en sentido contrario.
  • Transitar en forma paralela o rebasar a otros vehículos por la derecha o entre vehículos que transiten por sus respectivos carriles.
  • Llevar cualquier tipo de carga que dificulte su visibilidad, equilibrio, adecuada operación o que constituya un peligro para sí o para otros usuarios en la vía pública.
  • Realizar virajes o giros sin utilizar las señales reglamentarias respectivas.
  • Circular sobre las aceras, áreas destinadas al uso exclusivo de peatones y por aquellas vías en donde las autoridades competentes lo prohíban.
  • Transportar a personas, sin equipamiento y las medidas de seguridad necesarias.

Dentro de los deberes que se establece para los motociclistas está el utilizar el carril libre a la izquierda para sobrepasar, llevar correctamente el casco homologado, vestir chalecos o chaquetas con cintas retrorreflectivas de identificación cuando se conduzca entre las 18:00 y las 06:00.