El artículo 9 del Reglamento para el Control y Fiscalización del Gasto Electoral establece que el Consejo Nacional Electoral (CNE) garantizará de forma equitativa e igualitaria la propaganda y publicidad electoral.

"Que propicien el debate y la difusión de las propuestas programáticas de todas las candidaturas e identificación de las organizaciones políticas", se lee en ese artículo. Dicho reglamento fue aprobado el 27 de noviembre pasado por el CNE para definir los mecanismos de control sobre las organizaciones políticas que participarán en las elecciones del 7 de febrero próximo.

En la práctica, la promoción que realizan ciertas organizaciones políticas de sus candidatos es desigual por la capacidad de inversión que tienen sus dirigencias, refiere Guillermo Celi, candidato a la Presidencia de República por Suma.

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"Sobrepasa lo imaginado. Para aquello lo que se debería hacer es una normativa que ponga la cancha igualitaria para todos. Entonces de esa manera todos los candidatos estén en igualdad de condiciones", expresa Celi.

Por ejemplo, la inversión de ciertas organizaciones políticas en anuncios de redes sociales es notoria. Facebook abrió una plataforma para transparentar el movimiento publicitario de las cuentas de los aspirantes a Carondelet.

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Desde el 4 de agosto hasta el 6 de diciembre, esta red social registra cerca de 11 mil anuncios sobre temas sociales, elecciones o política, cuyos pagos ascienden a medio millón de dólares.

A la cabeza del listado de anunciantes consta la cuenta verificada del candidato a la Presidencia por CREO, Guillermo Lasso, con 1.556 piezas, por un valor de $215 mil.

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La alianza entre CREO y el Partido Social Cristiano tiene la #CapacidadParaCambiar al Ecuador ----------.

Publicado por Guillermo Lasso en Lunes, 7 de diciembre de 2020

En segundo puesto aparece la cuenta de Álvaro Noboa, candidato presidencial por el movimiento Justicia Social, con 40 anuncios que suman $63 mil. La página verificada del cantante y presidenciable por Construye, Juan Fernando Velasco, se sitúa en tercera posición, con 128 piezas publicitarias, por $38 mil. En este registro de Facebook aparece la página de Guillermo Celi con pagos en anuncios que se calculan en más de $8 mil.

"Nosotros tenemos pequeños aportes de mucha gente que nos ayuda a recorrer el país. Nos estamos enfrentando a grandes chequeras, a grandes billeteras", menciona el candidato.

EL UNIVERSO solicitó una entrevista a la dirigencia del movimiento CREO, pero no se concretó el diálogo.

La campaña electoral en Ecuador iniciará oficialmente el 31 de diciembre. No obstante, el CNE inició sus monitoreos en la fase denominada precampaña.

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"Se realiza el control a través del monitoreo de vías, del cual nace un informe que será ingresado al Sistema de Monitoreo de Vías, mismo que contiene valores de acuerdo al artículo promocional y jurisdicción que correspondan, para de esta manera, una vez que se proceda con el análisis de cuentas de campaña se contrastará las evidencias con la documentación presentada por las organizaciones políticas a fin de determinar imputaciones o excesos en el límite del gasto electoral", contestó el departamento de Relaciones Públicas del organismo electoral ante un pedido de entrevista que no se atendió.

Observación al control

Analistas en temas electorales consultados por este EL UNIVERSO opinan que hay vacíos en las reglas que definió el CNE sobre los controles y fiscalización del gasto electoral, que propiciarían una participación desigual entre los candidatos.

"El CNE le puede hacer un seguimiento en redes sociales, de las cuentas oficiales y el CNE bien le podría imputar eso al gasto electoral, pero solo sobre sus cuentas oficiales, porque podría pasar que no solo pautan en sus cuentas oficiales, sino que también tienen cuentas de Facebook de Twitter, de Instagram, canales de YouTube paralelos, que no están registrados con el nombre formal de ese candidato", apunta Mauro Andino, máster en Derecho Electoral en la Universidad Complutense de Madrid.

Andino cree que este es un mecanismo con el que se puede evadir el control del CNE: "Es como cuando un ciudadano pone una gigantografía en su casa y el candidato no ha sabido, o puede decir que no ha sabido. Puede pasar, porque desde la sociedad civil puede haber este tipo de iniciativas".

En el caso de Facebook, la red social exige al anunciante una lista de requisitos para publicitar contenido político, como el documento de identificación actualizado.

Esteban Ron, director de la Escuela de Derecho de la Universidad Internacional del Ecuador (UIDE), señala otro rubro que podría ocultarse en los reportes de los partidos y movimientos.

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"Tú no tienes en la publicidad digital un control de lo que cuesta producirla. Tú tienes un control de la publicidad adelante, hacia atrás, la producción, no sabes cuánto cuesta. A esto se le denominan grises legales. Esos espacios que las organizaciones políticas pueden usar para no reportar los gastos", explica Ron.

En estos días, la imagen de candidatos aparece mientras el usuario ve un video en YouTube, en la publicidad que incluye Google entre el texto de noticias y también se difunde en banners de aplicaciones móviles.

"Faltó una reglamentación esencial, los servicios de mensajería también son considerados redes sociales, lo que es WhatsApp, Telegram, porque por ahí también se puede realizar interacción de contenido. Entonces por ahí también se puede hacer cualquier cantidad de publicidad digital, cuando mandas infografías y gif de los candidatos", puntualiza Ron.

Más allá de los controles que pueda ejercer el CNE, los analistas comentan que las organizaciones políticas deben de promover un acuerdo de buenas prácticas electorales, para fomentar una competencia en condiciones equitativas. Por otro lado, ellos recomiendan al organismo electoral que busque acuerdos de cooperación con las empresas propietarias de las redes sociales más usadas en el país para implementar estrategias que aporten a la democracia.

Sanciones

El artículo 281 del Código de la Democracia dispone las siguientes sanciones a infracciones relativas al gasto electoral:

  • Los responsables económicos y las organizaciones políticas serán sancionados con multa de veinte a setenta salarios básicos unificados y la suspensión de los derechos políticos de 2 a 4 años, sin perjuicio de la sanción relativa a la cancelación de la inscripción de la organización política establecida en esta Ley.
  • Las organizaciones políticas, los responsables de las organizaciones o procuradores comunes en caso de alianzas; los responsables económicos y jefes de campaña que incurran en gastos electorales que sobrepasen los montos máximos permitidos en esta Ley, serán responsables de pagar una multa equivalente al doble del total de los gastos realizados en exceso.
  • Si el exceso supera el treinta por ciento del total permitido, la multa será equivalente al cuádruple del total de los gastos electorales efectuados en exceso. (I)