El Ministerio del Trabajo modificó las reglas para la suscripción de contratos colectivos en los sectores público y privado. Las nuevas condiciones están vigentes desde el 15 de mayo de este año a través del Acuerdo Ministerial 2025-056 que reforma el 2024-080.

Ese acuerdo reformado fue expedido en junio de 2024 y contenía el Reglamento para la Presentación, Negociación y Suscripción de Contratos Colectivos de Trabajo y Actas Transaccionales.

En su momento generó un fuerte rechazo por parte de organizaciones de trabajadores, porque consideraban que los perjudicaba.

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La nueva normativa cambia seis artículos, deroga una disposición general, agrega una nueva y establece plazos para el cumplimiento del acuerdo MDT-2025-056.

Así, la reforma “optimiza plazos, incorpora principios jurídicos que garantizan los derechos de los trabajadores y exige el cumplimiento de los tiempos establecidos por ley para los dictámenes del Ministerio de Economía y Finanzas, evitando retrasos en el proceso”, destaca el Ministerio del Trabajo en un comunicado.

Entre las modificaciones realizadas constan definiciones de los principios de la contratación colectiva.

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Respecto del dictamen del Ministerio de Finanzas, el acuerdo dispone que el director regional del Trabajo y Servicio Público en un plazo de 48 horas después de haber recibido el texto definitivo del contrato colectivo y cuadros valorativos deberá remitir toda la documentación al Ministerio de Finanzas.

Antes de enviar la documentación, el director regional deberá verificar el cumplimiento de requisitos técnicos y legales.

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De igual manera, la entidad pública empleadora remitirá junto con el contrato un informe sobre la viabilidad financiera de este, que estará acompañado de un reporte técnico y presupuestario de la disponibilidad de recursos.

Al Ministerio de Finanzas le corresponde emitir el dictamen presupuestario en un plazo máximo de 30 días.

“Esta disposición tiene como finalidad garantizar el respeto al derecho constitucional a la contratación colectiva previsto en el numeral 9 del artículo 326 de la Constitución, evitando dilaciones injustificadas que obstaculicen el procedimiento legal de negociación colectiva en el sector público”, refiere el texto.

En otro aspecto, la reforma establece que los contratos colectivos no amparan a los representantes, mandatarios ni a funcionarios o dignatarios de nivel jerárquico superior del sector público.

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Lo anterior incluye a las entidades del Estado, Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD), empresas públicas, servidores públicos sujetos a la Ley Orgánica de Servicio Público (Losep) y a la Ley Orgánica de Empresas Públicas (Loep).

Contratos colectivos en negociación

En cuanto a los contratos colectivos que actualmente están en proceso de negociación, el acuerdo ministerial determina que “deberán seguir siendo sustanciados con la normativa vigente aplicable a la fecha de su presentación”.

En caso de no llegar a un acuerdo en las negociaciones o revisión del contrato colectivo, dentro de las prórrogas y plazos fijados, la norma reformada señala que los trabajadores podrán presentar una reclamación ante el director regional del Trabajo, quien deberá notificar al empleador en un lapso de 24 horas.

Al empleador se le concederán tres días para contestar al reclamo de los trabajadores.

Luego de ese plazo las partes se someterán obligatoriamente a un tribunal de conciliación y arbitraje.

Por otro lado, se dispone un plazo de 60 días, desde la vigencia del acuerdo ministerial, para que la Subsecretaría del Trabajo y la Coordinación General de Planificación y Gestión Estratégica elaboren el instructivo correspondiente para el proceso de suscripción de los contratos colectivos.

Durante el evento para la firma del nuevo acuerdo ministerial, que se realizó en Quito el 15 de mayo, la ministra Ivonne Núñez informó que la reforma es resultado de diálogos con dirigentes de los sindicatos de la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT) y del Ministerio de Educación.

Además, la funcionaria afirmó que el acuerdo 056 se enmarca en convenios internaciones y la Constitución.

Oswaldo Chica, secretario general del Comité de Empresas de la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT), resaltó que el acuerdo es un avance para la justicia laboral.

Techos salariales en el sector público se revisarán

El Ministerio del Trabajo anunció que revisará los techos salariales en el sector público, para lo cual evaluará el acuerdo MDT-2015-0054.

Para el efecto se convocarán a mesas técnicas que estarán integradas por sindicatos y funcionarios del Ministerio de Economía y del Ministerio del Trabajo. (I)