De 15 a 30 días enfrentaría una persona que sin autorización legal incremente los valores de productos sujetos a precio oficial, según el artículo 321 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

En Ecuador ya rige el nuevo impuesto al valor agregado (IVA) del 15 % y si bien se registra una variación de los costos de los productos que son gravados con este impuesto no podrá ir más allá de lo que corresponde.

SRI hará controles a escala nacional para verificar que se cobre 15 % del IVA desde el 1 de abril

Autoridades como gobernadores e intendentes de la Policía Nacional están entre quienes deben realizar los controles para de esta forma evitar la especulación, según el propietario de una tienda, las inspecciones deben realizarse empezando en los centros de distribución.

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“Si a nosotros nos suben también debemos hacerlo, no podemos vender al mismo precio si el mayorista nos vende más caro, por eso los controles deben empezar desde allá”, dice.

Desde el Gobierno se ha indicado que el aumento de los tres puntos en el IVA no aumenta el costo de los productos, pero sí la especulación, y que ante ello trabajan con precios referenciales de los productos de primera necesidad, los cuales deben estar dentro del rango permitido.

IVA al 15 % está en perchas, facturas y en letreros de almuerzos se cambiaron precios

Lo que se debe tener en cuenta es que los precios sí varían entre localidades, lo cual según el Gobierno, se debe a un tema relacionado a la logística, de georreferenciación y de dónde se cultiva el producto. Así por ejemplo, el costo del arroz tendrá un menor costo en Guayas y Los Ríos, pues en estas zonas se da la mayor cosecha, a diferencia de otras ciudades del país.

Y precisamente para evitar la especulación las autoridades competentes realizan operativos de forma permanente en las 24 provincias.

De acuerdo con el Gobierno, quienes especulen con los precios serán aprehendidos y puestos a órdenes de las autoridades. No se decomisan los productos. Como sanción por violación a la Ley de Consumidor el detenido enfrentaría de 15 a 30 días de prisión, según el artículo 321 del COIP que indica: “La persona que, sin autorización legal, incremente los valores de productos sujetos a precio oficial, será sancionada con pena privativa de libertad de quince a treinta días”.

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Útiles escolares: ‘En Tía los precios se mantendrán pese al incremento del IVA del 12 % al 15 %’

En la Ley del Consumidor se explica que la especulación es una “práctica comercial ilícita que consiste en el aprovechamiento de una necesidad del mercado para elevar artificiosamente los precios, sea mediante el ocultamiento de bienes o servicios, o acuerdos de restricción de ventas entre proveedores”.

Además, que es “la renuencia de los proveedores a atender los pedidos de los consumidores pese a haber existencias que permitan hacerlo”. Así como “la elevación de los precios de los productos por sobre los índices oficiales de inflación, de precios al productor o de precios al consumidor”.

Los controles no solo se darán para evitar la especulación, la semana pasada el Servicio de Rentas Internas (SRI) informó que a partir del 1 de abril verificará que se emitan de manera correcta los comprobantes con la nueva tarifa del IVA y también el pago del impuesto mediante las declaraciones presentadas, para lo cual las inspecciones serán a nivel nacional. (I)