El impuesto que deberán pagar los operadores de pronósticos deportivos fue impugnado ante la Corte Constitucional por la compañía Actividades de Pronósticos Deportivos Juegos On Line Sportbet S. A.

La empresa presentó una acción pública de inconstitucionalidad impugnando los artículos referentes a este impuesto incorporados a la Ley de Régimen Tributario Interno por el Decreto-Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar de Guillermo Lasso. Cuando esa ley se trató en la Corte Constitucional Sportbet también presentó sus reparos.

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La compañía indica en su planteamiento que ese nuevo régimen impositivo establece una distinción que va en detrimento de los derechos de las empresas nacionales que se dedican a esta actividad, pues la base imponible para los contribuyentes residentes no solo que es distinta, sino que es más severa a la establecida para los operadores no domiciliados, quienes no están obligados a pagar ningún impuesto.

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Explica que los contribuyentes residentes, además de pagar un impuesto del 15 % sobre el resultado obtenido de los ingresos generados menos el total de premios pagados, deben retener al usuario por cada jugada ganada el 15 % del total del premio al momento de depositarle la ganancia. Mientras que los operadores no domiciliados no tienen obligación de pagar el impuesto, pues la norma impone esa carga al usuario del servicio, quien es el que tiene que realizar un pago del 15 % por cada depósito. “No solo que el régimen impositivo para los operadores extranjeros que se dedican a esta actividad es nulo, lo que ya es discriminatorio en sí, sino que, además, se crean incentivos perversos e inconstitucionales para que los usuarios prefieran a los operadores extranjeros por sobre las nacionales”.

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Considera que se violan los artículos 11, 66 y 300 de la Constitución. Esto es porque alega que el régimen impositivo creado afecta al derecho a desarrollar actividades económicas y a la libertad de contratación, “pues se beneficia, de modo irregular, a los operadores no domiciliados”; además, al derecho a la igualdad y no discriminación al crear un régimen impositivo discriminatorio en detrimento de los derechos de las empresas nacionales que se dedican a los servicios de pronósticos deportivos. Y los principios de equidad, proporcionalidad, progresividad y capacidad contributiva que rigen al sistema tributario.

Impuesto a pronósticos deportivos se posterga para julio del 2024 en nueva reforma tributaria

La empresa pide medidas cautelares para que el impuesto no entre en vigencia el 1 de enero del 2024, como consta en la Ley de Economía Familiar; sin embargo, en la última reforma tributaria aprobada el pasado 19 de diciembre por la Asamblea Nacional ya se había postergado el cobro del impuesto único a los pronósticos deportivos para el 1 de julio del 2024. La acción pública de inconstitucionalidad de Sportbet ingresó al sistema de la Corte Constitucional el día anterior. (I)

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