En el Servicio de Rentas Internas (SRI) ya hay 67 trámites ingresados para la devolución del impuesto al valor agregado (IVA) en el sector de la construcción, incentivo que los constructores ven con optimismo para su recuperación, pero alertan de inconvenientes en el procedimiento.

El director del SRI, Damián Larco, indicó que esas solicitudes suman $ 2′181.649,26 para devolver el IVA a 20 promotores inmobiliarios que lo han solicitado, distribuidos de la siguiente manera:

  • 22 trámites en Guayas, el valor a devolver: $ 1′463.000
  • 37 trámites en Pichincha ($ 547.000)
  • 8 trámites en Loja y Azuay ($ 170.000)

SRI publicó reglamento para devolución del IVA en proyectos inmobiliarios. Estos son los requisitos y plazos

Larco participó en una charla sobre esta devolución organizada por la Asociación de Promotores Inmobiliarios del Ecuador (Apive) el viernes, 19 de julio, donde su vocero, Jaime Rumbea, indicó que el sector este 2024 arrancó “algo tímido” en materia de promoción y reserva, en particular de nuevas viviendas, contratos de promesa de compraventa firmados. Hasta el final del primer trimestre el sector “avanzaba en peores condiciones que el 2023, es decir, menos promesas de compraventa firmados”.

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Sin embargo, abril -cuando las empresas pagan las utilidades a sus trabajadores- vieron una recuperación, que hizo que hasta el cierre de ese mes alcance los números del 2023. Lo ve como un “buen augurio”. En ese sentido, dijo que la devolución del IVA en el sector es una oportunidad para mejorar los flujos de los proyectos.

La asesora legal de Apive, Paulina Viteri, indicó que hay varias empresas que no han tenido mayor inconveniente en cuanto al registro en el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda (Miduvi) y ya han solicitado la devolución ante el SRI, pero que conocen de “primera mano” que hay “inconvenientes” al momento de registrar los proyectos en el Miduvi, por el tema del título habilitante, y ante ello están definiendo detalles que en la práctica les falta conocer un poco más, ya que no se pueden generalizar todos los casos.

Sobre esa situación, el director del SRI comentó que dado a que tiene que ver con el registro es el Miduvi el que debería resolver ese tema. El subdirector de cumplimiento tributario del SRI, Víctor Granados, indicó que en el SRI lo que hacen es una revisión respecto a la formalidad y una de ellas es precisamente la autorización del Miduvi, una vez verificado, continúan con el trámite de devolución.

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El director del SRI recordó que este beneficio se le otorga para quienes decidan construir su casa propia, que no superen dos en el año, así como al promotor inmobiliario.

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Atención de solicitudes y límite para la devolución

El tiempo máximo que tiene el SRI para atender las solicitudes para la devolución es de 90 días hábiles. El pago o la acreditación es mediante una nota de crédito desmaterializada, que se haría en una semana. Para Larco, la nota de crédito es mucho más efectiva, ya que si se espera la asignación del Ministerio de Economía va a tomar mucho tiempo.

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El SRI establece un límite para la devolución, según el director de la entidad, con el objeto de precautelar las finanzas públicas y mejorar los procesos de control para evitar ciertas tramas de defraudación que se pueden crear, es así que no debe superar el 6,5 % del costo total referencial del proyecto registrado ante el Miduvi.

Mientras que el límite para los proyectos destinados a vivienda propia, la devolución del IVA es del 7 % del costo referencial del proyecto inmobiliario, cuyo costo sea de hasta 229 salarios básicos unificados por vivienda, es decir, $ 105.340 y sobre ese valor se calcula el monto del IVA a devolver.

Aclaró que la vivienda puede superar los $ 105.340, puede construir una mansión de $ 1 millón, pero si va a solicitar la devolución del IVA, lo máximo que va a considerar el SRI son los $ 105.340.

El director del SRI, Damián Larco, indicó que la solicitud de devolución por el IVA pagado se puede hacer por las facturas emitidas desde el 1 de enero del 2024. Foto: Carmen Carchi

Requisitos para solicitar la devolución del IVA

Entre los requisitos para solicitar la devolución del IVA está la constancia del registro del proyecto inmobiliario ante el Miduvi, esto para los proyectos inmobiliarios destinados a la venta, los promotores inmobiliarios. Además, tener una copia legible del título habilitante para la construcción otorgada por el municipio, así como un documento de reporte de prevalidación de los comprobantes de venta descargado del portal web del SRI, entre otros.

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Con respecto a los proyectos destinados a vivienda propia, entre otros requisitos, están el registro del proyecto inmobiliario ante el SRI, pero si estos superan dos en el año tendrá que registrarlo en el Miduvi. Además, copia legible del título habilitante para la construcción otorgado por el municipio.

¿Cuándo registrar el proyecto en el Miduvi y cuándo en el SRI?

El funcionario explicó que en el Miduvi se registran todos, excepto aquellos que sean destinados para la vivienda propia y no superen dos proyectos por año, pero sí tienen que hacer ese registro en el SRI. Comentó que hace un par de meses, el Miduvi tenía más o menos como $ 700 millones en proyectos inmobiliarios registrados. “Probablemente muchos estaban esperando que se emita la reglamentación, las resoluciones, para acceder a este beneficio”, dijo.

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IVA del 5 % en materiales de construcción

Por otro lado, entre los otros beneficios para los constructores que el funcionario destacó fue la tarifa del IVA del 5 % a los materiales de construcción establecidos en un listado, en el que constan 18. Han escuchado de las observaciones a ese listado, del ¿por qué no se amplía? y ante eso comentó que no es una decisión propia del SRI y explicó que para establecer el listado actual participaron con los ministerios de Economía, de Producción, de Transporte y Obras Públicas y el Miduvi, y en conjunto decidieron que ese era listado de materiales de construcción.

En esto también se les dificultó cuantificar cuál era el impacto en la caja fiscal, porque no tienen segregado a ese nivel el efecto en el IVA. Lo que hicieron es que en la facturación electrónica para estos materiales de construcción haya un código especial que les permite evaluar cuál es el beneficio que se está dando y una vez que lo evalúen podrán ampliar el listado. (I)