El periodista Guillermo Lizarzaburo, director del medio digital Guayaquil News, sostiene que en “hay vicios de nulidad y omisiones preocupantes en la motivaciones del juez Carlos López Vulgarín” que lo sentenció a dos años de prisión y a cancelar una reparación de 80.000, igual que al empresario Juan Pablo Paz, por supuestas calumnias en contra de Pablo Muentes Alarcón, dirigente del Partido Social Cristiano (PSC) y exasambleísta.

El político inició el proceso el 28 de julio de 2022 en la Unidad Judicial Multicompetente de Samborondón, provincia del Guayas, por publicaciones en la red social Twitter y el 11 de mayo se dictó sentencia. Lizarzaburo dijo en días pasados a Fundamedios que la cuenta que se le atribuye no le pertenece, sin embargo, afirma que lo que se busca es acallar las denuncias de corrupción que ha venido haciendo.

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Entre los actos de corrupción que según él se pretende silenciar menciona tráfico de tierras, pagos de reaseguros de Seguros Sucre, dragado de los alrededores de El Palmar.

Añade que la sentencia, que ya fue apelada, no está bien motivada, principalmente por los estándares de libertad de prensa y constitucionales. Precisa que lo primero que manda la ley es que nos envíe una solicitud de rectificación o de réplica por parte del exasambleísta Pablo Muentes, cosa que este no hizo.

El comunicador, de larga trayectoria en medios de comunicación escritos, sostiene que ni él ni Paz fueron notificados de la demanda, no se los llamó a rendir versión, lo que además de ser una grave omisión lo hace reflexionar sobre el estado de indefensión de los periodistas ante jueces como López Vulgarín y Andrea Ordóñez Riera, quien admitió la demanda.

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Treinta años de la libertad de prensa

La réplica, como la rectificación, es lo que la Corte Constitucional ha establecido como necesario e importante antes de dar inicio a acciones legales o judiciales. “Ese es uno de los argumentos muy importantes que estamos observando, porque existen precedentes como la sentencia 282-13-JP/19, la cual es importante porque allí se hizo el análisis jurídico, que es un precedente y obligatorio para los jueces. Allí se menciona que el derecho a la rectificación o la respuesta constituye un mecanismo efectivo, a fin de que quienes se crean afectados por información que crean o consideren falsa, pueden solicitar que la información se colija o bien rendir su versión sobre la información publicada”.

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Los mecanismos judiciales de atribución de responsabilidad jurídica deberán iniciarse tras haberse solicitado la respectiva rectificación y respuesta. Si no hay un pedido de rectificación o réplica este proceso carece de una prejudicialidad y son nulas las acciones posteriores, explica el periodista.

La sentencia # 282-13-JP/19 es vinculante y su análisis forma parte de la Constitución y jerárquicamente es superior a cualquier norma o interpretación. Eso obliga a que estos procesos no sean ventilados por la vía penal, sino por la vía civil, cosa que no ha ocurrido en nuestro caso, insiste.

El periodista pide al Consejo de la Judicatura y a la sociedad civil que revisen todas las sentencias a favor de Pablo Muentes y que la Fiscalía haga un seguimiento de los casos de tráfico de tierras que lleva al fiscal Byron Castro Balladares y que tienen que ver con el primo hermano de Muentes.