Estamos a las puertas del segundo feriado más largo del año. Este mes de noviembre se juntan dos festividades nacionales que permiten a los ecuatorianos disfrutar de otras actividades más cercanas al turismo y al ocio, alejadas del trabajo.

Qué días son libres

El feriado comienza el jueves 2 de noviembre con la recordación del Día de los Difuntos.

El viernes 3 de noviembre es libre por la independencia de Cuenca, que es un feriado nacional. La capital azuaya ha preparado una amplia agenda para celebrar.

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Ambas fechas se juntan con el fin de semana del 4 y 5 de noviembre, lo que permite realizar viajes largos o descanso aprovechando los cuatro días libres.

Muy cerca a la provincia de Azuay, la localidad de Azogues celebra sus fiestas de erección provincial, ocurrido un 3 de noviembre de 1880, por lo que también han preparado una amplia agenda de eventos y conciertos.

IVA al 8%

El Servicio de Rentas Internas (SRI) recordó que entre el 2 y 5 de noviembre se hará la reducción del impuesto al valor agregado (IVA) con el objetivo de promover el turismo.

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El último feriado largo del año será la próxima reducción del impuesto al valor agregado (IVA) del 12% al 8%.

En el Decreto 644 firmada por el presidente Guillermo Lasso se establecían los feriados en los que habría la reducción en todos los servicios definidos como actividades turísticas. La medida ya se aplicó en Semana Santa y carnaval.

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Trabajo no recuperable

Los feriados de Difuntos y de independencia de Cuenca son feriados no recuperables, es decir que son de descanso obligatorio. Sin embargo, hay industrias y actividades que no pueden paralizarse, por lo que sus trabajadores deberán continuar con su jornada aún en días libres. Según establece el cuarto punto del artículo 55 del Código del Trabajo de Ecuador, “el trabajo que se ejecutare el sábado o el domingo deberá ser pagado con el 100 % de recargo”. Esto incluye también días de descanso, como los feriados.

Por lo tanto, los trabajadores que no tomen libre, deberán recibir en los feriados su pago de remuneración con un recargo del 100%, por lo que el valor de la hora ordinaria debe multiplicarse por 2. Si usted gana un sueldo básico de $ 450, tiene que dividir este valor para 240 horas, algo que dará como resultado $ 1,87 (valor por hora de un día ordinario); luego lo multiplica por 2, y el valor de una hora en día feriado quedaría en $ 3,75. (I)