A partir del mediodía (12:00) de este viernes 3 de febrero no se permitirá la venta, distribución o el consumo de bebidas alcohólicas hasta el mediodía del lunes 6 de febrero de 2023.

Es lo que se denomina ley seca y se establece con el fin de que la ciudadanía acuda a ejercer su derecho al voto de manera consciente en las elecciones seccionales, de miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) y del referéndum de este 5 de febrero.

El Código de la Democracia establece que 36 horas antes de los comicios no se permitirá la venta, distribución o el consumo de bebidas alcohólicas y que la disposición culminará doce horas después del proceso electoral.

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El marco legal establece sanciones a quienes infrinjan la denominada ley seca. El que expenda o consuma bebidas alcohólicas en los días en que esté vigente deberá pagar 225 dólares como sanción, es decir, el 50 % de una remuneración mensual básica unificada.

El art. 291 del Código de la Democracia indica además que se sancionará con multa equivalente al 50 % de una remuneración mensual básica unificada “al que ingrese al recinto electoral o se presente a votar en estado de embriaguez”.

Igualmente quien suscite alguna alteración o perturbación en el desarrollo de las votaciones, dentro o fuera de los recintos electorales y el que se presente a votar portando armas.

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En el caso de portar armas sin permiso, además de la sanción impuesta el infractor será puesto a disposición de la Fiscalía General del Estado para los fines legales consiguientes, señala la norma.

Los que se encuentren en estado de embriaguez en la vía pública pueden ser aprehendidos por la Policía Nacional. Si protagonizan desmanes pueden ser acusados y sancionados con prisión por el delito de escándalo público.

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¿Desde cuándo rige el silencio electoral?

La campaña electoral comenzó el 3 de enero de 2023 y concluye este jueves 2 de febrero de 2023.

Cuarenta y ocho horas antes del día de los comicios (es decir, desde el viernes 3 de febrero) y hasta las 17:00 del día del sufragio (domingo 5 de febrero) queda prohibida la difusión de cualquier tipo de información dispuesta por las instituciones públicas, así como la difusión de publicidad electoral, opiniones o imágenes, que induzcan a los electores sobre una posición o preferencia electoral.

Quien haga propaganda los días en que está prohibido (silencio electoral) deberá pagar 225 dólares como sanción. (I)