El contrato por obra o servicio determinado dentro del giro de negocio es uno de los acuerdos laborales que existen en el país y es el segundo más usado por los empleadores.
Así lo muestran los datos del Ministerio del Trabajo, donde contabilizan 46.720 contratos vigentes entre el 1 de enero y el 26 de mayo de 2025. Estos representan el 17,07 % de todos los contratos.
El primero es el indefinido, con el 35,38 %. En total hay 273.690.
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Al igual que con otros acuerdos laborales, el trabajador tiene beneficios, como la aportación al IESS, décimos tercer y cuarto sueldo, vacaciones, utilidades, entre otros rubros.
Costo de hora trabajada
Una persona que esté bajo el contrato por obra o servicio determinado dentro del giro de negocio recibe el pago por hora, de acuerdo con lo que se establece en el Código del Trabajo; es decir, su cálculo es igual al de los demás contratos.
Por ejemplo, si es una persona trabaja jornada completa, es decir, 40 horas a la semana, se contabiliza de acuerdo con la explicación de la abogada laboral Vannessa Velásquez:
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- Para obtenerla el costo hora es necesario realizar la división estándar, que es el salario básico de $ 470 para 240, que es el equivalente a 30 días por ocho horas. Entonces, da como resultado $ 1,95 por hora de trabajo.
- Significa que este ciudadano gana $ 1,95 por cada hora. Sin embargo, los empleadores pueden pactar una cantidad más elevada, de acuerdo con la labor que realice.
Otro ejemplo:
- Si se trata de una persona que labora 20 horas a la semana, su valor hora se calcula diferente porque son menos horas.
- Entonces, si es que trabaja solo por 20 horas a la semana, se divide 235/120 y resulta en $ 1,95.
- El salario no puede ser menor a la parte proporcional del salario mínimo calculado, según las horas trabajadas.
¿Qué pasa si realizan horas suplementarias?
Las horas suplementarias son las adicionales a la jornada. Por ejemplo, si el contrato es para laborar de 08:00 a 16:30, es decir, 8 horas y meida al día, pero ese ciudadano trabajó hasta las 18:30, significa que tiene dos horas más por cobrar.
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Así se calcula:
- Aquí seguimos usando el valor de la hora de trabajo, que es $ 1,95.
- Esa cantidad la multiplicamos por el 50 % de recargo ($ 1,95 x 1,5). Total: $ 2,92.
- Si un ciudadano realiza dos horas suplementarias en el día, solo se multiplica por la cantidad. Ejemplo: $ 2,92 x 3. El resultado es $ 5,84.
Empleadores pueden enfrentar multas de hasta $ 9.400 por no registrar a sus trabajadores
Otro ejemplo:
- Si se trata de una persona que es contratada por 20 horas a la semana, pero le piden quedarse cuatro más cada día, así se calcula.
- Seguimos con el valor hora de trabajo, que es $ 1,95.
- Esa cantidad la multiplicamos por el 50 % de recargo. Total: $ 2,92.
- Al ser cuatro horas suplementarias en un solo día, solo se multiplica por la cantidad. Ejemplo: $ 2,92 x 4. El resultado es $ 11,68. Ese es el adicional a un día de trabajo si es que labora cuatro horas más.
En tanto, en las áreas que más se aplica el contrato por obra o servicio determinado es en actividades de servicios administrativos y apoyo, en industrias manufactureras, en alojamiento y servicio de comidas, así como en transporte. En enseñanza se usa muy poco: solo 257 personas han firmado ese contrato. (I)
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