El pleno de la Asamblea Nacional tramitará en segundo y definitivo debate un paquete de reformas al Código de la Democracia que, entre otros temas, plantea cambios en la realización de los debates presidenciales y en las multas para las infracciones electorales.
La presidenta de la Asamblea, Viviana Veloz, citó a sus colegas para las 06:00 de este martes, 6 de mayo del 2025. El tema está en el tercer punto del orden del día.
En el proyecto, que fue elaborado por la Comisión de Justicia, se plantean cambios en los debates presidenciales obligatorios.
Publicidad
Uno de ellos es que, si bien están dirigidos a los candidatos a la Primera Magistratura, los vicepresidenciables podrán participar en el de la primera vuelta si es que el otro no puede hacerlo por un caso de fuerza mayor debidamente justificado y aceptado por el pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE), el cual debe pronunciarse hasta 48 horas después de presentada la excusa.
Pero en la segunda vuelta, el proyecto propone que el debate sea para el binomio, o sea para ambos candidatos, a la Presidencia y a la Vicepresidencia.
En los comicios generales de este año, las universidades organizaron un debate de aspirantes a la Vicepresidencia pese a que no era obligatorio. De los 16 aspirantes, asistieron 14.
Publicidad
Otros cambios que propone la norma en discusión es la rebaja de multas y de suspensión de derechis en las infracciones electorales.
Así, por ejemplo, en el caso de las infracciones “leves” ya no serán sancionadas con multas de entre uno y diez salarios básicos, sino de entre uno y cinco.
Publicidad
En el caso de las infracciones “graves”, se sancionarán con multas de cinco a diez salarios básicos y la suspensión de derechos políticos por seis meses. Actualmente, las multas van de once a veinte salarios básicos, y la suspensión de derechos de seis a dos años.
Y, finalmente, para las sanciones “muy graves” se aplicarán multas de diez a cincuenta salarios básicos; y la suspensión de derechos por seis meses. Al momento, las multas van de 21 a 70 salarios, y la suspensión de dos a cuatro años.
También se indica en una de sus disposiciones transitorias que el Consejo Nacional Electoral (CNE) tiene que implementar el voto electrónico en un plazo de cuatro años contados desde el inicio año fiscal siguiente a la entrada en vigencia de la ley. (I)
Publicidad