Ejerciendo como juez sustanciador del caso Triple A, Renán Andrade, parte de la Unidad Especializada en el Juzgamiento de Delitos de Corrupción y Crimen Organizado, pide al fiscal de la causa que en el término de dos días entregue un informe pormenorizado del proceso penal por el delito de almacenamiento, transporte, envasado, comercialización o distribución ilegal de productos derivados de petróleo y a la secretaría del juzgado que detalle si existen escritos pendientes por despachar.

Los pedidos los hace el juez Andrade antes de resolver lo que en derecho corresponda en un caso que asumió, por sorteo, el 28 de marzo pasado. Inicialmente a cargo del procesamiento estuvieron los también jueces anticorrupción Jairo García y Fernanda Castro. El primero se excusó de seguir en la causa el 13 de marzo último; mientras que Castro, luego de aceptar la excusa de García y resolver varios pedidos, solicitó el 27 de marzo pasado que el caso sea nuevamente sorteado, dejando a Andrade como el nuevo juez a cargo del caso Triple A.

El caso Triple A tiene un tercer juez a cargo y lleva casi un mes sin dar trámite a la vinculación solicitada contra el alcalde Aquiles Alvarez y otras once personas

La teoría manejada por el fiscal habla de que en el caso Triple A se habría definido que existe una relación de las empresas investigadas con distribuidoras de combustible, entre las que se comercializaron, aparentemente de forma irregular, grandes cantidades de combustible, sobre todo de diésel. Desde el 16 de diciembre pasado, en este caso se procesa a Fernando V., José C., Lady C., Jessenia V. y Carolina T. y las personas jurídicas Fuelcorp S. A., Codepesa S. A., Corpalubri S. A., Ternape Petroleum S. A. e Indudiesel S. A.

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A decir de la Fiscalía, varias estaciones que adquirieron el combustible se encuentran en zonas fronterizas mineras, por lo que se presume que el diésel subsidiado habría sido desviado a otros segmentos, para los cuales no está destinado ese beneficio, lo que se habría provocado un perjuicio al Estado ecuatoriano.

En lo que sería la segunda providencia emitida por Andrade, el juez le pide al fiscal de la causa, Leonardo Alarcón, que de forma motivada presente un informe donde se especifiquen nombres y datos de los ciudadanos procesados; en qué estado procesal se encuentra la causa; qué medidas cautelares tienen los procesados; de ser medidas cautelares diferentes a la prisión preventiva, deberá indicar en dónde se encuentran cumpliéndola; indicar los casilleros electrónicos donde deba notificarse a los encausados y a los abogados autorizados e informe si existe alguna otra situación pendiente de despacho o de ser atendida.

QUITO (05-03-2025).- Audiencia de vinculación del caso Triple A. Capturas de pantalla /  EL UNIVERSO Foto: Cortesía

Entre los temas que deberá informar Alarcón está el que a finales de febrero pasado él solicitó que se realice una audiencia para vincular al alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez, y a nueve personas más al caso Triple A. Por dos ocasiones no se pudo concretar la diligencia, pero lo que sí sucedió es que la Fiscalía aumentó a su solicitud de vinculación los nombres de una persona natural y otra jurídica a la lista de diez vinculaciones definidas en un principio. En total son once personas naturales y una empresa que esperan por la respetas a la vinculación.

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Caso Triple A: Aquiles Alvarez, alcalde de Guayaquil, pide que se declare concluida la instrucción fiscal y asegura que la vinculación es ‘extemporánea e ilegal’

Ya existiría una respuesta de la secretaría de la Sala Penal respecto a si existen o no escritos por responder. El informe detalla que sí existen pedidos por responder y que se ha presentado un recurso de apelación y revocatoria a la providencia emitida el 27 de marzo pasado por la jueza Castro.

Dentro de la causa, al menos seis pedidos se han presentado para que se declare concluida la instrucción fiscal. Uno de ellos ha sido interpuesto por la defensa de Alvarez, pese a que aún no sea parte formalmente del procesamiento penal. El abogado del alcalde de Guayaquil ha señalado que, una vez se ha agotado el plazo de la instrucción fiscal, la vinculación procesal de su cliente deviene en “extemporánea, improcedente, ilegal e inconstitucional, ya que su práctica vulneraría el derecho a la seguridad jurídica, el debido proceso y el principio de legalidad procesal”. (I)