La notificación por escrito de la sentencia en el caso Metástasis dio vía libre a que la Fiscalía General concrete lo que oralmente el Tribunal de Juzgamiento de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) ordenó el 25 de noviembre pasado: que se inicien las investigaciones pertinentes sobre la participación en posibles actos delictivos de jueces, fiscales, periodistas y abogados que fueron nombrados en los 29 días de la audiencia de juicio en esta causa por delincuencia organizada.

El paso lo dio el fiscal general subrogante, Wilson Toainga, el pasado 5 de marzo. Toainga mediante un escrito, el último 10 de marzo, les informó a los jueces nacionales Mercedes Caicedo, Marco Rodríguez y Pablo Loaiza, quienes sentenciaron como culpables a veinte de los veintiún procesados en Metástasis, que dispuso que se remitan los memorandos que correspondan a la Coordinación General de Acceso a la Justicia Penal para que, mediante el sorteo de rigor, se asigne a la unidad respectiva y se inicien las distintas investigaciones.

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Resaltaba el fiscal que subroga a Diana Salazar que para operativizar los nuevos sorteos se requiere adjuntar copia certificada del fallo. Sin embargo, anotó que hasta ese 10 de marzo no había obtenido la certificación respectiva, por lo que solicitaba que se confiera copia certificada digital de la sentencia del 18 de febrero de 2025 en cuatro ejemplares.

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La disposición de Fiscalía:

En el apartado 869.12 de la sentencia escrita notificada la noche del pasado 18 de febrero, los jueces Caicedo, Rodríguez y Loaiza explican que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 626 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), disponen que se envíen copias certificadas del fallo a la Fiscalía General del Estado (FGE) para que se inicien las investigaciones pertinentes sobre la presunta participación de jueces de todas las instancias y jerarquías, fiscales, periodistas y abogados nombrados en el desarrollo de la audiencia de juicio en actos ilícitos sobre los cuales no pese ninguna investigación, en “una infracción diversa”, lo cual se habría evidenciado a partir del acervo probatorio actuado en la causa.

También, la Sala de Juzgamiento refirió que se deben realizar las investigaciones sobre la existencia del delito de lavado de activos, en especial respecto al empresario condenado en Metástasis Eduardo Alejandro R. P.; el expolicía Armando Heriberto R. T., alias Camello; el exjuez del Guayas Ronald Xavier G. C., alias Momia o R; y del general (s. p.) Pablo Efraín Ramírez Erazo, exdirector del Servicio Nacional de Atención a Personas Privadas de la Libertad (SNAI).

En el sentencia se asentaba: “El crimen organizado no se combate únicamente con su judicialización y sanción, sino cuando se ataca al dinero ilícito que sirve para gestionar la impunidad”.

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En la lectura de la sentencia, en noviembre pasado, la jueza ponente, Mercedes Caicedo, fundamentaba el pedido de nuevas investigaciones refiriendo que, conforme al relato de la prueba que se planteó, el tribunal ha hecho relación a muchos nombres que se tocan en el desarrollo de la prueba que no se ha evidenciado estén procesados en esta causa.

“Esto es atribución de la Fiscalía General del Estado y, por tanto, se ordena que se realice una investigación, si es que corresponde a una infracción diversa, en donde se evidencia si tienen o no responsabilidad estas personas”, indicaba.

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QUITO (13-11-2024).- En la Corte Nacional de Justicia se realizó la audiencia de juzgamiento en el caso Metástasis. Antes de la audiencia, dialogan Wilman Terán (i) y Javier N., condenados. Carlos Granja Medranda / EL UNIVERSO Foto: Carlos Granja Medranda

Si bien juzgadores de primera instancia, de forma unánime, sentenciaron con cárcel a una persona como líder de la estructura y a diecinueve como colaboradores de una “empresa criminal” manejada por el narcotraficante Leandro Norero, los magistrados de la CNJ piensan que no solo hay otros delitos por indagar, sino también otras personas que deberían ser investigadas, pues fueron nombradas en conversaciones de chats, audios, videos, aparecieron en fotografías, parte de las pericias expuestas en el juicio, e incluso en testimonios anticipados.

Los condenados por delincuencia organizada:

De forma unánime, el tribunal del caso Metástasis decidió que Xavier N. A., alias Novi o Novita, debía ser sentenciado como líder de la “estructura criminal” a diez años de cárcel; mientras que como colaboradores debían ser condenados el exjuez de la CNJ y expresidente del Consejo de la Judicatura (CJ) Wilman Terán, alias Diablo; Pablo Ramírez, exdirector del SNAI; y otras diecisiete personas que recibieron condenas que van desde los tres años y cuatro meses de cárcel hasta los nueve años y cuatro meses de prisión.

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Terán, Ramírez, los exjueces Ronald Xavier G. C., Johann Gustavo M. M. y Carlos Alfredo Z. N.; la exfiscal del Guayas María José A. C.; la perito policial Doris Soraya O. F.; los expolicías Armando Heriberto R. T., Ángel Danilo L. P.; Fernando Andrés G. A. y Edinn Alexander I. C.; y el exfiscal de Santo Domingo de los Tsáchilas Víctor Hugo A. B. fueron ubicados como colaboradores y a su sentencia se sumó la agravante de haber sido servidores públicos en el momento de la comisión del delito. Por ello se les impuso una pena de nueve años y cuatro meses de prisión.

A otros cuatro acusados, identificados como colaboradores que no fueron servidores públicos, se les definió una sentencia de siete años de prisión. Entre ellos están la exguía penitenciaria Katherine Pilar G. A., el abogado Kevin Alexander P. V., el ciudadano Braulio Gabriel M. O. y el empresario Eduardo Alejandro R. P.

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Finalmente, a tres personas acusadas como colaboradoras se les tomó en cuenta atenuantes y recibieron penas reducidas de tres años y cuatro meses de privación de la libertad. En la lista están la excomisionada de Pacificación, la colombiana Claudia Milena G. P., así como los abogados en libre ejercicio Sofía Nathaly G. M. y César Manuel A.

Solo el agente fiscal Jhon Camposano recibió un auto de sobreseimiento. Al no existir el convencimiento de su responsabilidad en la Sala de Juzgamiento de Metástasis, pues no existían pruebas suficientes de su participación en los actos ilícitos investigados, los jueces decidieron ratificar el estado de inocencia del agente fiscal de la Unidad de Lucha contra el Crimen Organizado Transnacional e Internacional (Fedoti) del Guayas.

Las ‘infracciones diversas’:

El artículo 626 del COIP, norma que habla de las “infracciones diversas”, explica que, si en la causa ante el tribunal aparecen datos relevantes que permitan presumir la participación de la o las personas procesadas o de otras en un diferente delito, el presidente de la Sala de Juicio dispondrá que dichos datos se remitan a la Fiscalía para que inicie la investigación correspondiente.

QUITO (25-11-2024).- Los jueces Mercedes Caicedo (ponente), Marco Rodríguez (i) y Pablo Loaiza durante la audiencia de lectura de sentencia en el juicio del caso Metástasis, en la Corte Nacional de Justicia, en el norte de Quito. Alfredo Cárdenas/ EL UNIVERSO. Foto: Alfredo Cárdenas.

Caicedo indicó que en Metástasis se evidenció una concertación para formar un grupo estructurado de más de tres personas que de manera permanente o reiterada financiaron, ejercieron el mando, dirigieron y planificaron actividades de delincuencia organizada con el propósito de cometer actos ilícitos, como narcotráfico y tráfico de armas, que luego iban ligados a otros delitos, como concusión, oferta y tráfico de influencias, hasta en ocasiones prevaricatos, delitos que son sancionados con penas privativas de libertad de más de cinco años.

Dentro de la resolución oral, los tres jueces nacionales reconocieron que, con base en el desfile de testigos, peritos y documentos presentados en audiencia de juicio, ellos han podido observar la existencia de varios delitos, como tráfico de armas, tráfico de drogas, lavado de activos, testaferrismo, sicariato, planeamientos de asesinatos, enriquecimiento privado no justificado, cohecho, concusión, tráfico de influencias, oferta de tráfico de influencias e intimidación. (I)