Como parte de los servicios en línea que ofrece a la ciudadanía, el Consejo Nacional Electoral (CNE) habilitó en su página web el módulo de emisión de certificados de votación provisionales, dirigido a las personas que no ejercieron su derecho al voto en las elecciones seccionales, del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) y referéndum 2023.

Para realizar el trámite, los interesados deberán:

  1. Crear un usuario y contraseña, ingresando en la opción de servicios en línea, a través de www.cne.gob.ec.
  2. Una vez creada la cuenta, se podrá descargar el certificado de votación provisional, que sirve para realizar trámites en instituciones públicas y privadas.

Para acceder al certificado de votación provisional, el usuario no deberá registrar multas pendientes que correspondan a procesos electorales anteriores al del 5 de febrero de 2023.

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El documento tendrá una validez de 90 días, contados a partir del 6 de febrero.

Además, la ciudadanía puede solicitar los certificados de votación provisionales a través de las 24 delegaciones provinciales electorales. En esas dependencias también se realiza el cobro de multas de procesos electorales previos.

En tanto, en Ecuador el voto es obligatorio para las personas entre 18 y 64 años, incluidas en el padrón electoral. Es facultativo para los jóvenes de 16 y 17 años. Asimismo, para quienes sean mayores de 65 años. La Constitución establece que, aunque el voto es un derecho, es también una obligación de los ciudadanos.

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Al ser una obligación, según el artículo 292 del Código de la Democracia impone una multa a quienes no vayan a votar, equivalente al 10 % de un salario básico. A la fecha, el salario básico es de $ 450, el monto a pagar es de $ 45.

Las multas del CNE son obligatorias de pagar, de lo contrario no podrá participar en futuras votaciones. A parte que no tendrá el certificado de votación actualizado: documento imprescindible para algunos trámites ciudadanos.

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Existen cuatro tipos de multas del CNE según el art. 292 del Código de la Democracia y de acuerdo con el salario básico unificado vigente ($ 450):

  • Multa por no votar: $ 45 (10 % del SBU).
  • Por no asistir a las capacitaciones del CNE como miembro de la junta receptora del voto: $ 45 (10 % del SBU).
  • Multa por no cumplir como miembro de la junta receptora del voto: $ 67,5 (15 % SBU).
  • Por abandonar funciones como miembro de la junta receptora del voto: $ 4.500 a $ 9.000 (10 a 20 SBU).

Para revisar si tiene multas pendientes visite este enlace y disponga su información. También puede ingresar a la app del CNE en la sección Otros Servicios y posteriormente, Consulta de Multas. (I)