El hoy exmagistrado de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) Walter Macías asegura que, aunque no comparte la decisión del Consejo de la Judicatura (CJ) de cesarlo en funciones por haber cumplido el periodo de tres años para el que se lo designó, el cual —dice— incluso está en contravía del procurador general del Estado, Juan Carlos Larrea, él dice que respeta la posición del órgano de gobierno, administración, disciplina y vigilancia de la Función Judicial.

Pese a ello, aclara que esperará el pronunciamiento de la Corte Constitucional (CC), instancia a la que Macías le planteó en consulta la situación de que la Constitución señala que para los jueces de la Corte Nacional existe un un periodo único y fijo de nueve años, y no periodos de tres y seis años.

“Mis argumentos y discrepancias sobre la innovación del CJ respecto a periodos para el ejercicio de la judicatura nacional no previstos ni en la Constitución ni en el Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ) los he expuesto ante la CC, la cual resolverá lo que corresponda y, cualquiera que sea su decisión, la respetaré”, explicó Macías, quien junto con los también exjueces nacionales Luis Rivera, Byron Guillén y Fabián Racines fueron notificados por el CJ, la noche del viernes 2 de febrero pasado, que cesaron en funciones.

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Judicatura notifica a cuatro jueces de la Corte Nacional que cesaron en funciones, pese a pronunciamiento de Procuraduría que habla de prórroga

El 12 de enero pasado, el pleno del Consejo de la Judicatura (CJ) decidió revocar dos resoluciones que extendían hasta el año 2030 las funciones de seis jueces de la CNJ, entre ellos Rivera, Macías, Guillén, de la Sala Penal, y Racines, de la Sala de lo Contencioso Administrativo, lo que significó que estos cuatro magistrados debían dejar su cargo hasta el sábado 3 de febrero último.

El 5 de septiembre de 2023, el vocal Xavier Muñoz y el entonces presidente del CJ, Wilman Terán, resolvieron ampliar el periodo de jueces nacionales hasta el 2030, pese a que unos debían ser reemplazados en febrero de este año y otros en el 2027. Antes de esto, Macías había planteado una acción de protección en Manabí para que se respeten los nueve años de periodo fijo, pero fue inadmitida. Luego, sobre el mismo tema, se presentó la acción número 2291-23-EP en la CC, procedimiento en el que no existe aún una respuesta de ese organismo.

La derogatoria de enero pasado a la extensión de los periodos, se dijo desde el CJ, fue resuelta con base en informes técnicos y jurídicos correspondientes, en los cuales se consideró que la ampliación de los periodos de los jueces de la CNJ afectó la independencia judicial interna, la seguridad jurídica y la garantía de la motivación, así como que contravinieron el régimen de transición constitucional implementado por el Consejo de Participación Ciudadana.

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El presidente de la Judicatura, Álvaro Román, calificó la derogatoria de las resoluciones que extendían los periodos de jueces nacionales como legal y constitucional. Señaló que debe entenderse que la decisión anterior era una decisión completamente ilegal, pues el asunto radica en que los jueces concursaron bajo unas reglas claras y precisas, las cuales decían que era un proceso de transición y, por lo tanto, el artículo de la Constitución que establece que los jueces tienen que durar nueve años se ve afectado por esta transición.

“Esa transición hace que sean jueces de tres, seis y nueve años. Cuando concursaron ellos, sabían que tenían que quedarse tres y seis años; pero cuando se les amplía el plazo, eso era ilegal. Por ese motivo es que se hace la derogatoria y se vuelve al estado anterior”, sostuvo Román en una entrevista con Diario El UNIVERSO.

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En una carta pública, Walter Macías recordó que él no se acogió a la ampliación de su periodo resuelta por los votos de Terán y Muñoz, pese a que en su opinión la resolución del CJ y la normativa conexa a través de la cual se nombró a jueces para tres y seis años contraría el artículo 182 de la Constitución, norma que prevé un periodo de nueve años. “Mis principios no son negociables. (...) Ninguna disposición infraconstitucional puede modificar o contrariar lo que dice la Constitución”.

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Respecto al cese de funciones, Macías tampoco comparte esa medida, menos aún cuando el procurador Larrea emitió un pronunciamiento al respecto. “En atención a los términos de la consulta, concluyó que, de conformidad con lo previsto en los artículos 120 numeral 2, 173.1 numeral 1, 121 y 133 del COFJ, por excepción, los jueces de la CNJ, servidores de la Función Judicial sujetos a un periodo fijo, podrán desempeñar funciones prorrogadas hasta ser legalmente reemplazados, a fin de garantizar el funcionamiento de ese órgano jurisdiccional”.

Se aclara en la parte final de la absolución de la consulta que el presente pronunciamiento deberá ser entendido en su integridad y se limita a la inteligencia y aplicación general de normas jurídicas, siendo de exclusiva responsabilidad de la entidad consultante su aplicación a los casos institucionales específicos.

Macías afirma que la prórroga de funciones, que no es lo mismo que la ampliación del periodo, no es un beneficio de los magistrados, sino el imperio de la ley. Por ello, resalta que cada parte defiende una posición subjetiva desde el ámbito de sus intereses, pero el derecho es la respuesta neutra a la que todos los ciudadanos deben someterse.

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“El actuar políticamente correcto y no jurídicamente correcto ha llevado a que muchos vean la justicia como un botín de pirata. Debemos erradicar, de una vez por todas, la ya conocida frase: ‘Esta es la última vez’. La justicia no está, ni puede estar, a la venta”, concluye Macías su carta pública. (I)