De cara a la segunda vuelta de las elecciones generales en Ecuador, que se llevará a cabo este 13 de abril, el Consejo Nacional Electoral (CNE) ha establecido una estricta normativa que prohíbe el uso de teléfonos móviles dentro de las juntas receptoras del voto. Esta medida tiene como objetivo garantizar la transparencia y confidencialidad del proceso electoral.
La disposición fue aprobada por el CNE el pasado 13 de marzo, y su cumplimiento es obligatorio. Esta restricción aplica exclusivamente dentro del recinto donde el ciudadano deposita su voto, es decir, no se podrá tomar fotografías de la papeleta ni hacer uso del dispositivo mientras se ejerce el sufragio.
Sin embargo, los candidatos presidenciales están exentos de esta prohibición, pudiendo mostrar su papeleta tras votar. El organismo electoral advirtió que portar o utilizar un celular en el acto de votación será considerado una infracción electoral de carácter “muy grave”, lo cual puede acarrear sanciones económicas que van desde los $9.870 hasta los $32.900.
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Además, esta falta podría conllevar la suspensión de los derechos de participación ciudadana por un periodo de entre dos y cuatro años. Asimismo, la normativa permite a medios de comunicación y observadores electorales realizar grabaciones o capturar imágenes durante la jornada, siempre y cuando no interfieran con la privacidad del sufragio.
Otras multas
- No acudir a votar implica una multa de $47, correspondiente al 10 % del salario básico unificado (actualmente en $470).
- En tanto, los miembros de las juntas receptoras del voto que no asistan a la capacitación obligatoria deberán pagar la misma cantidad ($47), mientras que aquellos que no se presenten a cumplir su función el día de las elecciones serán sancionados con $70,50, es decir, el 15 % del SBU.
(I)