La abogada del exvicepresidente Jorge Glas, Karen Gómez, presentó el 20 de julio del 2024 una apelación a la sentencia de primera instancia en la que el juez de Garantías Penales Patricio Vidal negó el pedido de habeas corpus correctivo a favor de su defendido.

Glas está recluido desde el 6 de abril del 2024 en la cárcel de máxima seguridad La Roca, en Guayaquil, adonde fue trasladado desde Quito una vez que la Policía lo sacó de la Embajada de México. El ex segundo mandatario tiene dos sentencias en firme en los caso Odebrecht y Sobornos 2012-2016, y una orden de prisión preventiva en el caso Reconstrucción de Manabí.

La representante legal de Glas había solicitado que se le permita cumplir arresto domiciliario en casa de su madre con el debido resguardo policial, para que pueda recibir atención médica para precautelar su salud física y psiquiátrica por parte de sus médicos que lo han tratado por varios años. El juez no lo aceptó.

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En su escrito, la abogada Gómez dice que el fallo impugnado no tiene una motivación clara, violó el derecho de Glas a la tutela efectiva y adolece de los vicios de la incoherencia y la incongruencia.

Agrega que nunca se contrastó la información del reporte del Ministerio de Salud en el que se aseguraba que Glas había recibido 79 atenciones médicas en La Roca.

“En la sentencia impugnada también se mencionan el oficio mediante el cual el director de La Roca autoriza el ingreso de personal del Ministerio de Salud Pública y el Informe Técnico n.º 178-B-DNAIS-2024 mediante el cual el Ministerio de Salud expresa que desde el 6 de abril hasta el 2 de julio del 2024, el exvicepresidente Jorge Glas habría recibido un total de 79 atenciones de servicios médicos. Sin embargo, en la sentencia impugnada ni siquiera se analizó si las supuestas atenciones médicas eran las que necesitaba Jorge Glas para tratar la espondilitis anquilosante que lo aqueja y su grave afectación psicológica debido al peligro de suicidio. De las supuestas 79 atenciones en servicios de salud, Jorge Glas recibió solo dos atenciones psiquiátricas. Es decir, de 79 servicios de salud, un paciente que ya intentó suicidarse el 8 de abril del 2024, en un lapso de tres meses solo recibió dos atenciones psiquiátricas”, se argumenta en el escrito.

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La apelación menciona, asimismo, que no se tomaron en cuenta los informes elaborados por el equipo del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura de la Defensoría del Pueblo y la asambleísta correísta Sofía Espín, así como de varios especialistas médicos que visitaron a Glas.

Todavía no se ha fijado la fecha para que un tribunal de alzada conozca y resuelva esta apelación. (I)